La Seguridad Social explica que compatibilidad tienen estas dos prestaciones
Las pensiones contributivas de
jubilación y las de viudedad son las más demandadas por los ciudadanos. Muchas de las pensiones de la Seguridad Social son incompatibles entre sí, pero existen excepciones. Es posible cobrar una pensión contributiva de jubilación y una pensión contributiva de viudedad a la vez mientras el beneficiario tenga derecho a cobrar estas dos prestaciones. Aquel ciudadano que cumpla con los requisitos que dan derecho al cobro de las dos prestaciones podrá cobrarlas sin problemas.
Según se explica en la página web de la
Seguridad Social, la pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación o incapacidad permanente a la que él mismo tuviera derecho. En la práctica la pensión de viudedad también es compatible con las rentas del trabajo, por lo que el trabajador superviviente puede ampliar las cotizaciones que le generarán en el futuro la pensión de jubilación.
La compatibilidad entre pensión de jubilación y de viudedad tiene límites. Si el cónyuge superviviente rehace su vida y contrae un nuevo matrimonio o una nueva pareja de hecho, solo podrá cobrar la pensión de viudedad de uno de los dos matrimonios, en caso de que haya generado el derecho en ambos. Para poder cobrar estas dos pensiones, deberás acreditar tu derecho a cobrar y cumplir una serie de requisitos.
Requisitos para cobrar la pensión de jubilación
Para cobrar la pensión de jubilación se exigen un mínimo de 15 años cotizados, de los cuales dos deben darse entre los 15 años previos a la solicitud de la jubilación. Para acceder a la pensión de jubilación debes estar dado de alta en la Seguridad Social o estar en una posición de ‘alta asimilada’.
Debes cumplir con la edad de jubilación ordinaria, que en 2022 es de 66 años y dos meses para las personas con menos de 37 años y seis meses cotizados y de 65 años para las personas que sí lleguen a esa cantidad. Si el trabajador desea
jubilarse de forma anticipada podrá reducir esta edad en 2 o 4 años, dependiendo de si su jubilación anticipada es voluntaria o involuntaria.
Requisitos para cobrar la pensión de viudedad
Se podrán beneficiar de esta pensión las personas integradas en el Régimen General de Seguridad Social, afiliadas y en alta o situación asimilada de alta, que reúna el período mínimo de cotización exigido. El fallecido tendrá que contar con 500 días dentro de un periodo ininterrumpido de 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento o a la fecha en la que cesó la obligación de cotizar, si el causante se encontrase en situación de alta o asimilada sin obligación de cotizar, aunque solo se exige en casos de muerte provocada por una enfermedad común.
Al beneficiario de la pensión de viudedad se le piden una serie de requisitos que pueden cambiar dependiendo de su situación personal, tal y como recoge la Seguridad Social en su web.
– En el caso de matrimonio, cuando la muerte es por una enfermedad común anterior al matrimonio y el cónyuge superviviente debe demostrar la existencia de hijos en común, la celebración del matrimonio al menos un año antes de la muerte o una convivencia de al menos dos años.
– En casos de parejas de hecho, el superviviente debe acreditar el registro de la pareja de hecho al menos dos años antes de la muerte y una convivencia de cinco años o la existencia de hijos en común.
– En casos de divorcios o separaciones judiciales, será necesario acreditar el cobro de una pensión compensatoria y que el superviviente no forme parte de una nueva pareja de hecho o matrimonio.
– Si el divorcio fue antes de 2008, no se necesitará acreditar el cobro de una pensión compensatoria en el caso de que entre la separación o divorcio y la muerte pasaron menos de 10 años, el matrimonio tuvo una duración de al menos 10 años o existan hijos en común o el beneficiario tenga al menos 50 años.
– También tendrán «derecho a pensión de viudedad, aun no siendo acreedoras de la pensión compensatoria, las mujeres que pudieran acreditar que eran víctimas de la violencia de género en el momento de la extinción de la pareja de hecho mediante sentencia firme, o archivo de la causa por extinción de la responsabilidad penal por fallecimiento», según la página web de la Seguridad Social.
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Enlace de origen : Cómo puedes cobrar la pensión de jubilación y la de viudedad a la vez