Un juez obliga a Aena a ajustar el alquiler que cobra a las tiendas de la terminal de Corvera

Un juez obliga a Aena a ajustar el alquiler que cobra a las tiendas de la terminal de Corvera

Un pasajero cruza la zona comercial del aeropuerto de Corvera, este martes por la mañana. / Nacho García / AGM

Los empresarios denunciaron que el gestor aeroportuario pretendía facturar la renta íntegra a pesar de la caída del flujo de pasajeros por la Covid

Daniel Vidal

El titular del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Murcia, José Guillermo Nogales, ha dado la razón a los inquilinos de los locales comerciales del Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia, que denunciaron a principios de este año la actuación «abusiva e irresponsable» de Aena al exigirles el pago del 100% del alquiler firmado en los contratos, la llamada Renta Mínima Anual Garantizada. Esto, según defendía la Asociación Española de Operadores Comerciales de Aeropuertos, Puertos y Estaciones (Aeocape), contravenía la normativa estatal aprobada en octubre de 2021, con la que el Gobierno de la nación pretendía ajustar ese pago a la reducción del volumen de pasajeros motivada por la pandemia.

Según esa ley, «a partir del día 21 de junio de 2020, la renta fijada en los contratos quedará automáticamente reducida en proporción directa al menor volumen de pasajeros en el aeropuerto donde se ubique el local respecto al volumen de pasajeros que existió en ese mismo aeropuerto en 2019, no siendo exigible por Aena el pago de una renta por mayor importe. Esta reducción será aplicable en 2020, así como en todos los años posteriores hasta que el volumen de pasajeros sea igual al de 2019».

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Alegaciones

Para tratar de facturar la renta íntegra a los locales, Aena alegaba entre otras cuestiones que esta normativa no afectaba a la sociedad concesionaria del aeropuerto de Corvera. Ahora, la sentencia publicada a principios de este mes da la razón a los demandantes -Airfoods- y obliga a modificar los contratos con arreglo a la normativa. Tal y como dicta el fallo, «la parte proporcional de renta mínima establecida en los contratos entre el 15 de marzo de 2020 y el 20 de junio de 2020 quedará suprimida y no será exigible su pago por Aena».

Asimismo, obliga a Aena a cumplir la ley y reducir la renta «automáticamente» a partir del 21 de junio de 2020 y «en proporción directa al menor volumen de pasajeros». También señala que «el cálculo de la minoración de la renta se realizará mediante un prorrateo de su importe con arreglo a los datos oficiales sobre el volumen de pasajeros publicado por Aena». Sin embargo, deja claro el juez que todo lo anterior «no afectará al derecho de Aena a exigir el pago de la renta variable en función de los ingresos derivados de las ventas en los diferentes locales». La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial.

«La sentencia abre muchas expectativas en otros litigios»

«Esta sentencia es una enorme varapalo para Aena porque rechaza todos los argumentos que usaba el gestor aeroportuario para no cumplir la ley en el Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia». Así se expresaron ayer fuentes de la Asociación Española de Operadores Comerciales de Aeropuertos, Puertos y Estaciones (Aeocape), que creen que el fallo judicial «echa también por tierra las tesis del monopolio respecto a las empresas de ‘vending’, que Aena no consideraba minoristas. El juez lee la cartilla al respecto y rechaza también cualquier planteamiento de una cuestión de inconstitucionalidad de la ley».

De hecho, y según las mismas fuentes, «esta sentencia abre muchas expectativas en otros litigios con Aena. Es expansiva y protectora de los operadores comerciales de aeropuertos, porque estima que el ‘vending’ es comercio minorista, a diferencia de lo que sostiene Aena, y sus razonamientos pueden aplicarse a otros sectores que Aena tampoco considera minoristas y que la empresa pública cree que se encuentran fuera del ámbito de la ley, como las farmacias o las casas de cambio. También es protectora porque acoge a todo el sector y suma al aeropuerto de la Región de Murcia, que tampoco era considerado por Aena sujeto a la ley por tratarse de una instalación gestionada por una filial». A su vez, fuentes de Aena señalaron en su día que la empresa «aplicará cada una de las resoluciones judiciales».

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