El tribunal amplía a 200 metros la distancia mínima de alejamiento que el acusado deberá mantener con la víctima
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial rechazó la petición realizada por la Fiscalía para que ingrese en prisión provisional el vecino de Librilla que confesó, a mediados de agosto, haber asestado hasta una decena de puñaladas a otro en el transcurso de una discusión sobre sus perros.
El tribunal desestima el recurso presentado por el Ministerio contra el auto que dictó el juzgado ordenando la puesta en libertad provisional del acusado. Coincide con el instructor en que el investigado –que está siendo defendido por el letrado Guillermo Ruiz, del despacho Pardo-Geijo– tiene arraigo suficiente y no existe la posibilidad ya de que altere la investigación, al haberse practicado casi todas las diligencias necesarias.
La Sala sí considera necesario, sin embargo, ampliar la distancia de la orden de alejamiento que el juez instructor le impuso al acusado respecto a su vecino. El titular del juzgado fijó, en su momento, una distancia mínima de 30 metros, salvo en el domicilio que será de diez metros.
La Audiencia considera, sin embargo, que esa distancia «no permite conseguir el fin de la medida de prohibición de comunicación y aproximación que en este momento inicial no es otro que otorgar sosiego y tranquilidad a la víctima». Con este argumento amplía a 200 metros la distancia a la que tendrá que mantenerse el acusado.
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Enlace de origen : La Audiencia evita mandar a prisión al acusado de asestar 10 puñaladas a su vecino en Librilla