Estas son las ayudas para desempleados que se pueden prorrogar

Estas son las ayudas para desempleados que se pueden prorrogar

Descubre las prestaciones que el SEPE permite alargar para seguir recibiendo el subsidio

La Seguridad Social ofrece diferentes ayudas para desempleados en función de las circunstancias y el tiempo de cotización. Una prestación económica de carácter temporal que en ocasiones se puede prorrogar para seguir percibiendo el subsidio. Cobrar el paro, como se denomina comunmente, se convierte en la vía para solventar la situación económica hasta encontrar un nuevo empleo.

Desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se pueden solicitar las diferentes prestaciones para desempleados. La cuantía varía para cada una de ellas al igual que los requisitos y su duración. Estas son las 4 ayudas para los parados que el SEPE permite prorrogar.

Prestación para desempleados con cargas familiares

Esta prestación para desempleados está dirigida concretamente para las personas que tienen cargas familiares. Entre los requisitos para solicitarla se encuentran haber agotado la ayuda por desempleo de nivel contributivo o carecer de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional. La cuantía es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples y se percibe de forma mensual. En principio su duración será de 6 meses pero son prorrogables por periodos semestrales. Sin embargo, para alargar la ayuda te debes encontrar en alguno de los siguientes casos:

– Cuando se tiene menos de 45 años y se consume una prestación contributiva de al menos 4 meses, puedes recibir el subsidio durante 6 meses, prorrogables hasta un máximo de 18 meses.

– Cuando se tiene menos de 45 años y se consume una prestación contributiva de al menos 6 meses, puedes recibir el subsidio durante 6 meses, prorrogables hasta un máximo 24 meses.

– Cuando eres
mayor de 45 años y has agotado una prestación contributiva de al menos 4 meses, puedes recibir el subsidio durante 6 meses, prorrogables hasta un máximo 24 meses.

– Cuando eres mayor de 45 años y has agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, puedes recibir el subsidio durante 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 30 meses.

Prestación para desempleados mayores de 52 años

Si tienes 52 años, estás en una situación de desempleo y ya has agotado el subsidio por desempleo puedes beneficiarte de una ayuda económica. No superar esta edad, no tener la condición de persona trabajadora fija discontinua y carecer de rentas propias que alcancen el 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias son los
requisitos para ser beneficiario.

Aun así, existen otros supuestos en los que se puede pedir esta prestación para mayores de 52 años que su cuantía supone el 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). El cobro se hará efectivo hasta que se alcance la edad ordinaria que se le requiera para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.

La ayuda para los que han trabajado menos de un año

Aunque en muchos casos es necesario cotizar durante un largo periodo para recibir un subsidio por parte del SEPE, este organismo ofrece una ayuda para aquellos que han trabajado durante menos de un año. Aunque hay un mínimo de 3 meses de cotización para poder recibirla en el caso de tener responsabilidades familiares; y un mínimo de 6 meses si no tienes ninguna carga familiar.

Cuando existen cargas familiares la ayuda se alarga hasta el tiempo previo de cotización, es decir, si has trabajado 3 meses te durará 3 meses. La prorroga se extiende hasta un máximo de 21 meses si has cotizado 6 o más meses. Mientras que en el caso de no tener ninguna responsabilidad familiar se alarga el subsidio hasta los 6 meses.

La renta activa de inserción

Para ser beneficiario de la conocida como
renta activa de inserción (RAI) debes tener menos de 65 años, y no tener ingresos mensuales propios superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Esta prestación está indicada para aquellos que no tienen derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo

Además, es importante que no hayas sido beneficiario de la RAI en los 365 días anteriores a la fecha de solicitud de admisión al programa, excepto para las víctimas de violencia de género o de violencia doméstica y personas con discapacidad. Tampoco se admite que hayas recibido con anterioridad tres derechos al programa de renta activa de inserción. Su duración es de 11 meses, pero se puede volver a solicitar siempre y cuando transcurra un año sin recibirla.

Enlace de origen : Estas son las ayudas para desempleados que se pueden prorrogar