La Dirección General de Tráfico (DGT) establece una serie de normas para regular la circulación de este tipo de vehículos
Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) han aumentado considerablemente en las ciudades españolas. La subida de los carburantes ha impulsado aún más el uso de los
patinetes eléctricos para desplazamientos urbanos. La
Dirección General de Tráfico (DGT) establece una serie de normas para regular la circulación de este tipo de vehículos.
Un VMP es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plata y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y los 25 km/h. Quedan excluidos de los VMP los vehículos sin sistema de auto-equilibrio y con sillín, vehículos concebidos para competición y vehículos para personas con movilidad reducida.
Multa por utilizar el móvil
Cada vez se ven más ciudadanos que utilizan los VMP, pero algunos olvidan normas importantes que pueden conllevar sanción. Los usuarios que circulen con este tipo de vehículos tienen prohibido conducir haciendo uso manual del móvil o utilizando auriculares conectados a aparatos reproductores de sonido. La sanción es de 200 euros por circular utilizando el móvil. En caso de utilizar auriculares conectados a reproductores de sonido, los conductores se enfrentan a una multa de 200 euros.
La DGT advierte de otras prácticas sancionables a los conductores de VMP y que son motivo de denuncia.
Otras sanciones
– Alcohol y drogas. Aquellos conductores de vehículos de este tipo tienen la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y drogas, pudiendo ser sancionados con la misma cuantía económica que si condujeran otro vehículo, en caso de sobrepasar las tasas de alcohol (500 o 1.000 euros en función de la tasa) o en caso de que haya presencia de drogas en el organismo del conductor (1.000 euros). Si el conductor da positivo a una prueba de alcohol o droga, el VMP se inmoviliza, como ocurre con el resto de vehículos.
– Prohibida la circulación por aceras y zonas peatonales.
– Prendas reflectantes o sistema de alumbrado. Se considerará una conducción negligente cuando se realice una conducción nocturna sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes.
– Paradas y estacionamientos. Las ordenanzas municipales establecen las prohibiciones relativas a las paradas y estacionamientos de este tipo de vehículos.
– Sanciones a menores. En los casos de infracciones cometidas por menores de 18 años, los padres o tutores legales responderán por la infracción cometida por un menor.
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Enlace de origen : La multa a los conductores de patinetes eléctricos por circular utilizando el móvil