Los procesados, a los que se les impusieron 20 años, sostienen que la Audiencia debe aplicarles la ley del ‘solo sí es sí’, que aligeraría su castigo
La lista de condenados que tratan de rebajar su pena esgrimiendo la nueva Ley de Garantía de la Libertad Sexual, más conocida como la ley del ‘solo sí es sí’, sigue aumentando. El turno ha llegado ahora a la defensa de Juan Pedro Martínez y Amelia Verónica Ullón, la pareja procesada por la muerte y agresión sexual de la hija de ella, Lesley Estefanía, de siete años, en 2008 en Fortuna.
Ambos fueron condenados por la Audiencia Provincial de Murcia a sendas penas de quince años y cinco meses de prisión, como autores de delitos de maltrato habitual, lesiones en el ámbito familiar, agresión sexual y homicidio por imprudencia de la pequeña. El Supremo, más tarde, estimó parcialmente el recurso presentado por el letrado Evaristo Llanos, que ejerce la acusación particular en representación del padre biológico de la niña, y elevó la pena hasta los 20 años y tres meses por cabeza. El tribunal, entre otras cuestiones, incrementó de doce años de prisión a trece años, seis meses y un día la condena impuesta a cada uno de los acusados por el delito de agresión sexual.
En un escrito dirigido a la Audiencia, la defensa de la pareja alude directamente a la pena que se les impuso a ambos por esa agresión sexual y subraya que, a su entender, esta debería ser revisada en base a la nueva norma, más favorable a los reos. Esta parte alude a otras sentencias que ya se han dado en diferentes comunidades –y en la propia Región– y a la resolución del conocido ‘caso Arandina’, en la que el Supremo dejó claro que se debe producir esa rebaja cuando la ley sea más favorable a los condenados.
Los trece años y medio de cárcel a cada uno por la agresión sexual a la menor podrían acabar aminorándose
La muerte de Lesley Estefanía conmocionó a la Región. La niña y su hermano llegaron a Fortuna en junio de 2008 desde Ecuador mediante el procedimiento de reagrupación familiar y la pequeña acabó falleciendo en la madrugada del 5 de noviembre. La autopsia desveló que sufría importantes lesiones y desgarros en su vagina, que la condujeron a la muerte, y acabaron siendo acusados su madre y el compañero sentimental de esta.
La sentencia de la Audiencia tumbó todos los argumentos de la defensa, que se centraban básicamente en que los innumerables hematomas, cicatrices y otros signos de maltrato que también aparecieron en el cuerpo tenían un origen accidental. La misma explicación daban a las graves lesiones que la niña sufrió en sus órganos genitales y que acabaron costándole la vida por una infección, y que los acusados atribuyeron a un golpe con la bicicleta. Los magistrados pusieron de relieve, sin embargo, el cúmulo de pruebas existentes contra la madre y el padrastro de la víctima. Se basaron no solo en el informe emitido por tres forenses del Instituto de Medicina Legal, sino también en las declaraciones prestadas por vecinos de la familia –que relataron haber escuchado gritos aterrados de la niña– y en las manifestaciones del hermano de la fallecida.
Respecto de los desgarros en la vagina, la Sala no tuvo dudas acerca de que los acusados «golpearon a la menor con un objeto romo en la vagina, que también le introdujeron violentamente, produciéndole un desgarro» que acabaría en su fallecimiento.
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Enlace de origen : La pareja condenada por la muerte de su hija en Fortuna exige la rebaja de la pena