El Supremo avala indemnizaciones por despido peores para los de mayor edad

El Supremo avala indemnizaciones por despido peores para los de mayor edad

Considera que no es discriminatorio que se les pague menos que a los jóvenes por estar «muy próximos» a la jubilación siempre y cuando reciban al menos el mínimo legal

Lucía Palacios

Pagar una indemnización menor por tener más de 60 años no es discriminatorio, siempre y cuando se respete el mínimo legal establecido. Así concluye el Tribunal Supremo en una sentencia hecha pública este martes y que además unifica doctrina precisamente en un momento en el que la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, se ha mostrado dispuesta a abordar una reforma integral del despido que implique reformular las causas y establecer indemnizaciones diferentes en función de las circunstancias del trabajador, lo que se ha denominado «despido a la carta».

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que «no constituyó una discriminación por razón de edad» el acuerdo sobre despido colectivo alcanzado en sede judicial entre una empresa privada y los representantes de los trabajadores que pactó una menor indemnización para los afectados de edad igual o superior a 60 años, teniendo en cuenta que, con independencia de su edad, las compensaciones pactadas para todos los trabajadores mejoraban el mínimo legal aplicable, según el fallo al que ha accedido este periódico.

El Supremo considera que hubo «una justificación objetiva, razonable y proporcionada para esa diferencia de trato», ya que los trabajadores de 60 años o más se encuentran «muy próximos» al acceso a la pensión de jubilación, situándose a las puertas de la misma con la percepción de prestaciones de desempleo. Por ello, pueden beneficiarse más fácilmente de la posibilidad de concertar un convenio especial de Seguridad Social de los previstos en el Estatuto de los Trabajadores para los procedimientos de despido colectivos de empresas no concursadas en favor de los trabajadores mayores de 55 años.

De esta forma, al alto tribunal desestima el recurso de una trabajadora que tenía 60 años en el momento del despido contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que avaló el acuerdo entre los representantes de Elcogás y los sindicatos. A la mujer, que tenía 60 años en el momento de su despido, en marzo de 2016, se le ofreció una indemnización de 83.505,43 euros a razón de 26 días de salario por año de servicio, de los que 66.804,34 euros correspondían a la indemnización legal de 20 días por año trabajado y 16.701,09 euros a la mejora indemnizatoria ofrecida.

Pacto con los sindicatos

El tribunal subraya, en primer lugar, que con independencia de su edad, las indemnizaciones pactadas para todos los trabajadores mejoraban el mínimo legal aplicable y contemplaban, incluso, diversos factores de corrección favorables a quienes percibían un menor salario. Asimismo, señala que el pacto alcanzado entre la empresa y la representación de los trabajadores fue «fruto de la negociación colectiva y adoptado por quienes se encontraban legitimados para ellos, por lo que no hay desde esa perspectiva puramente formal «tacha alguna de ilegalidad», precisa el documento.

Los magistrados argumentan su fallo en que a «los trabajadores de menor edad les resta un recorrido profesional y vital más incierto, están todavía alejados de la pensión jubilación, y resulta objetivamente más difícil que las prestaciones de la Seguridad Social que puedan percibir en el futuro alcancen hasta el momento de acceder a esa pensión».

«El sacrificio exigido a quienes están en una u otra franja de edad es razonable y proporcionado, resultando objetivamente justificado que el acuerdo para distribuir los costes de la cuantía total de la suma indemnizatoria alcanzada con la empresa favorezca en mayor medida al colectivo que se encuentra más alejado del momento de la jubilación», concluye la sentencia.

Este fallo puede entenderse como un espaldarazo al «despido a la carta» que defiende Díaz, que aboga por pagar diferente indemnización en función de circunstancias personales, entre las que figuran la edad. Y ocurre precisamente el mismo día en que el Congreso debate una propuesta de Esquerra Republicana (ERC) para recuperar los 45 días de indemnización por despido improcedente, con un tope de 42 mensualidades en un despido colectivo, que Unidas Podemos votará a favor, según avanzó este martes la ministra de Trabajo.

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