El Banco de España avisa de qué trámites son gratuitos cuando terminas de pagar la hipoteca

El Banco de España avisa de qué trámites son gratuitos cuando terminas de pagar la hipoteca


Mónica Millán Valera

Miércoles, 5 de abril 2023, 19:30

Terminar de pagar la hipoteca es un alivio que de media tarda entre 25 y 30 años. La larga espera y la gran inversión que supone lo convierte en uno de los momentos más esperados. Aunque el Banco de España avisa a los futuros hipotecados de que cuanto más largo sea el plazo, sin variar las demás condiciones del préstamo, las cuotas serán más bajas pero los intereses totales serán mayores. También habrá más posibilidades de que se produzcan cambios tanto en tus circunstancias y necesidades personales, como en las condiciones del préstamo, por ejemplo variaciones del tipo de interés.

Cuando finalice este plazo de amortización y la hipoteca esté totalmente pagada ya podrás respirar tranquilo. Sin embargo, esto no termina con el pago de la última cuota, ya que tendrás que pedir la cancelación de la hipoteca registral del préstamo. Si lo haces por tu cuenta podrás ahorrarte dinero porque, como advierte el Banco de España, la mayoría de trámites son gratuitos. Estos son los pasos que debes seguir:

– Pedir a tu banco un certificado de cancelación económica de la deuda, o «certificado de deuda cero», que es gratis.

– Elegir una notaría y entregar el certificado para que el notario prepare la escritura de cancelación y contacte con la entidad, quién deberá enviar un representante. La notaría podrá cobrarte sus honorarios, pero por el desplazamiento y el trámite de firma de este representante, la entidad no podrá cobrarte nada.

– Acudir a la delegación de tu comunidad autónoma y cumplimentar el documento de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), que está exento de pago.

– Ir al Registro de la Propiedad con los tres documentos («certificado de deuda cero», escritura y copia del impuesto) y cancelar tu hipoteca. Aquí sí deberás pagar los aranceles registrales.

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En caso de que prefieras encargar estos trámites a la entidad, puedes hacerlo, pero en ese caso, podrá cobrarte comisiones y gastos, de cuyo importe deberá informarte previamente.

Por último, es importante señalar que no hay plazo para que el representante de la entidad comparezca en la notaría, ni para que la entidad tramite la cancelación, pero la norma establece que las entidades han de actuar con la máxima diligencia, debiendo poner los medios necesarios para atender a sus clientes sin retrasos.

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