El recordatorio de la Seguridad Social a las personas que perciban el Ingreso Mínimo Vital

El recordatorio de la Seguridad Social a las personas que perciban el Ingreso Mínimo Vital

Viernes, 14 de abril 2023, 17:23

La Seguridad Social ha emitido un recordatorio a todas aquellas personas que sean perceptoras del Ingreso Mínimo Vital. Estos beneficiarios deben presentar la declaración de la Renta. Además, deben hacerlo todos los miembros de la unidad de convivencia.

La campaña de la declaración de la Renta comenzó el pasado 11 de abril y terminará el próximo 30 de junio. Las citas previas para realizar la presentación por vía telefónica empezará el 3 de mayo, mientras que la presentación presencial podrá realizarse a partir del día 25 de mayo.

Además, también deben presentar la Renta aquellas personas que reciban el complemento de ayuda a la infancia, ya que está sujeto a los mismos requisitos y obligaciones que el IMV «salvo en lo que respecta a los ingresos para acceder a la prestación».

Las personas que en 2022 se hayan beneficiado del Ingreso Mínimo Vital deben presentar la declaración de la Renta este año. Tanto los titulares como el resto de los miembros de la unidad de convivencia deben presentarla independientemente de la cuantía de sus ingresos.

La Seguridad Social recuerda que el Ingreso Mínimo Vital es una renta exenta y que, en la mayoría de los casos, los beneficiarios no tendrán que incluir esta ayuda en su declaración, pero sí que tendrán que presentar la justificación del resto de sus ingresos. Si no se ha recibido ninguna otra renta, las casillas de la declaración aparecerán con importe cero.

En el caso de que las cuantías de las prestaciones superen los 12.159,42 euros, sí que deberán declararse en la Renta. Se incluirá de manera automática como rendimientos íntegros de trabajo personal la diferencia entre la cantidad exenta y los ingresos que se hayan percibido en 2022.

Por ejemplo, si la suma total de las ayudas que recibiste en 2022 asciende a los 13.500 euros, se incluirá como rendimientos íntegros al trabajo 1.340,58 euros, es decir la diferencia de restar 13.500 – 12.159,42 euros.

La Agencia Tributaria recomienda a las familias beneficiarias del IMV que tengan hijos menores que presenten una declaración conjunta de todos os miembros de la unidad familiar cuando los progenitores estén casados. En el caso de que haya ausencia de matrimonio, uno de estos deberá presentar la declaración incluyendo a los hijos y el otro deberá hacerlo de manera individual.

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