Lunes, 24 de abril 2023, 08:44
La campaña de la Renta 2022/2023 trae importantes novedades para los contribuyentes que deban rendir cuentas con Hacienda. Unos cambios que están notando algunos trabajadores desde febrero en sus nóminas. Las retenciones para los sueldos inferiores a 35.200 euros han bajado, por lo que ha supuesto que algunos sueldos suban. Estas retenciones del IRPF son un adelanto de lo que te corresponderá pagar tras presentar la declaración de la renta.
La rebaja fiscal del Gobierno también ha incluido un nuevo límite que obliga a hacer la declaración de la renta a partir de los 15.000 euros cuando hay dos pagadores. Ahora las rentas de 14.000 euros quedan exentas. Se mantiene que las personas que reciben ingresos de un solo pagador tengan la obligación de presentarla cuando superen los 22.000 euros.
El nuevo documento también se ha adaptado a las nuevas ayudas que se han ido lanzando desde el año pasado. Por tanto, en el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales, se han añadido tres nuevas casillas dentro del apartado «Otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales» para señalar si has sido beneficiario del Bono Cultural Joven, Bono Alquiler Joven y el cheque alimentación de 200 euros.
En esta guía de las principales novedades del IRPF, Hacienda ha avisado de la obligación fiscal que regresa. Se ha restablecido la obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos prevista en el artículo 54 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, que fue anulado y dejado sin efecto por la Sentencia del Tribunal Supremo 1106/2020, de 23 de julio de 2020.
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Para que los contribuyentes den parte sobre este tipo de inmuebles turísticos, se ha aprobado el nuevo modelo 179 que ahora pasa a llamarse «Declaración informativa anual de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos». Deja de ser una declaración trimestral y el plazo para su presentación será el comprendido entre el 1 y el 31 de enero de cada año. El nuevo plazo de presentación previsto para el modelo 179 será aplicable, por primera vez, a las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2023, que deberán presentarse en enero de 2024.
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