Unos 24.000 agricultores y ganaderos de la Región de Murcia se beneficiarán de la rebaja mínima del 25% en el IRPF 2022

Unos 24.000 agricultores y ganaderos de la Región de Murcia se beneficiarán de la rebaja mínima del 25% en el IRPF 2022

El Boletín Oficial del Estado publicó este martes la orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se reducen los Índices de Rendimiento Neto aplicables en 2022 en el sistema de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el denominado sistema de módulos, para agricultores y ganaderos.

El conjunto de todas estas minoraciones puede suponer para la Región de Murcia una reducción de la base imponible de los declarantes en el régimen de estimación objetiva agraria de unos 82 millones de euros que beneficiarán a unos 24.000 agricultores y ganaderos. Esta orden recoge la propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) de minoración de dichos índices y tiene en cuenta la incidencia de la sequía y rentabilidad de muchas explotaciones agrícolas y ganaderas durante 2022, como la guerra en Ucrania, que causó un encarecimiento de los costes de producción.

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La orden establece una reducción general del rendimiento neto del 25% que podrán aplicarse unos 800.000 agricultores y ganaderos que tributan por el sistema de módulos. Determinados sectores en situación más vulnerable se benefician además de reducciones específicas, que son del 50% en el caso del olivar, el almendro y la apicultura, y del 30% para cereales, oleaginosas y leguminosas, castaño, melocotón, nectarina, albaricoque y los demás sectores ganaderos. Se estima que el conjunto de las reducciones contempladas en la orden publicada este martes supone una rebaja de la base imponible del orden de 1.807 millones de euros, y es la de mayor alcance de la última década.

La orden permite también que los declarantes en Estimación Objetiva agraria del IRPF puedan minorar el rendimiento neto previo un 35% por adquisición de gasóleo agrícola, y un 15% por compra de fertilizantes, según lo establecido en la Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre, que desarrolla el método de estimación objetiva del IRPF para 2023. Además, se mantienen las reducciones de los índices correctores que se establecieron el año pasado por piensos adquiridos a terceros y por cultivos en tierras de regadío que utilicen energía eléctrica.

Concretamente se establece en un 0,5 el índice aplicable a las actividades ganaderas que alimenten el ganado con piensos y otros productos adquiridos a terceros, siempre que representen más del 50% del importe de los productos alimenticios consumidos, y se aplica tanto a los sectores ganaderos intensivos como a extensivos. El índice corrector por cultivos en tierras de regadío que utilicen energía eléctrica se reduce a 0,75

Las reducciones de los índices de rendimiento neto establecidas para la Región de Murcia en los sectores agrícolas quedan establecidas de tal manera que, para los cereales, leguminosas y oleaginosas se sitúa de 0,26 a 0,18; en oleaginosas de 0,32 a 0,22; para productos del olivo de 0,26 a 0,13; para albaricoque, melocotón y nectarino de 0,37 a 0,26; para almendra de 0,26 a 0,13; y para castaña de 0,26 a 0,18.

En cuanto a los sectores ganaderos, para apicultura se establece de 0,26 a 0,13; para bovino de leche de 0,20 a 0,14; para bovino de carne de 0,13 a 0,09; para bovino de cría de 0,26 a 0,18; para ovino y caprino de carne de 0,13 a 0,09; para ovino y caprino de leche de 0,26 a 0,18; para porcino de carne de 0,13 a 0,09; para porcino de cría de 0,26 a 0,18; para avicultura de 0,13 a 0,09; para cunicultura de 0,13 a 0,09; y para equino de 0,32 a 0,22.

Además, se efectúan reducciones adicionales en determinadas zonas y cultivos. En concreto, para albaricoque afectará a nueve municipios, con reducciones superiores a la nacional; para melocotón y nectarina en tres municipios, con reducciones superiores a la nacional; para cereza y ciruela en tres municipios; y para productos hortícolas variados, en 15 municipios. Para almendra en cuatro municipios, con reducciones superiores a la nacional; para cítricos en dos municipios; y para cereales, patata, pera y uva de vinificación para un único municipio diferente, según qué producción.

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