El TSJ avala la condena de 24 años de cárcel al asesino confeso de su mujer en Águilas

El TSJ avala la condena de 24 años de cárcel al asesino confeso de su mujer en Águilas

La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha confirmado la pena de 24 años de prisión impuesta a Abdellatif A., el hombre que asumió haber matado a su mujer de un disparo en agosto de 2020 en Águilas. La defensa del acusado recurrió la condena que dictó la Audiencia tras el veredicto de un jurado popular y reclamó al tribunal que se le reconociesen al procesado algunas atenuantes, como la de arrebato, la de enajenación o la de consumo de estupefacientes, pero el TSJ descarta su petición y confirma la pena de prisión íntegra.

En diciembre del pasado año un jurado popular consideró probado que Abdellatif, tras coger una escopeta que tenía en el sótano, fue al comedor de su casa y se dirigió a su esposa que estaba sentada en el sofá. Encañonándola «a cortísima distancia de su pecho» le «disparó a bocajarro», causándole la muerte, sin que la víctima tuviera «posibilidad alguna de defensa». La Audiencia recogió en su sentencia, además, que «el trato dispensado por el acusado a su mujer responde a añejos y superados patrones culturales de asimetría del varón sobre su pareja, denota connotaciones degradantes y de subyugación y blande la violencia y la vejación como manifestación de una falaz preeminencia, un afán de imponer su voluntad y una falta de respeto hacia la mujer que es precisamente lo que justifica la agravante de género».

«El mayor reproche penal»

La magistrada, en su resolución, impuso 24 años de cárcel al procesado por un delito de asesinato con las agravantes de parentesco y de género y la atenuante de confesión. Subrayó el mayor reproche penal que merece el asesinato sobre «una víctima que estaba unida al acusado por el vínculo matrimonial y que recibió un trato denigrante y humillante».

En su recurso ante el TSJ, el procesado reclamó, entre otras, la aplicación de una atenuante de arrebato u obcecación, pero la Sala lo rechaza. «Lo acreditado es que, el acusado planificó la comisión del delito al esconder un arma de fuego, ir a buscarla el día de los hechos cuando la víctima se encontraba sola en la casa, posteriormente escondió la escopeta y había anticipado a los vecinos su intención de matar a su esposa», remarca.

El TSJ tampoco reconoce al procesado una atenuante por consumo de drogas. «El hecho que el acusado fuera habitual consumidor de cannabis no acredita que estuviera bajo los efectos de droga o alcohol el día de los hechos de forma que anularan total o parcialmente su intelecto y/o voluntad», remarca.

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