Todas las novedades de los nuevos planes de pensiones de empleo

Todas las novedades de los nuevos planes de pensiones de empleo

El Gobierno de España anunció la modificación del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones con el fin de facilitar el acceso a estos mecanismos de ahorro de bajas comisiones a trabajadores de rentas medias y bajas y de pequeñas y medianas empresas. Según recoge la revista de la Seguridad Social, los planes de pensiones de empelo (PPE) constituyen una parte fundamental del segundo pilar de la previsión social a través de un mecanismo de ahorro de cara a la futura jubilación. Los otros dos pilares son la pensión pública de jubilación (primer pilar) y los planes de pensiones individuales (tercer pilar).

Estos planes ofrecen unos costes de gestión más bajos, permitiendo obtener una mayor rentabilidad. Además, ofrece mejores incentivos fiscales al trabajador y permite a las empresas beneficiarse de bonificaciones en sus contribuciones a estos planes de empleo.

La nueva regulación da cumplimiento a las recomendaciones aprobadas en octubre de 2020 por el Pacto de Toledo. En concreto, la número 16 insta a «incentivar los planes de pensiones promovidos por empresas y organizaciones, conocidos como planes de empleo a partir de la negociación colectiva». Este impulso al segundo pilar de la previsión social refuerza uno de los hitos del Componente 30 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Los objetivos de la nueva regulación

La Ley 12/2022, de 30 de junio, de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo pretende llevar a la práctica la promoción pública de fondos de pensiones que faciliten el acceso a estos mecanismos de ahorro de bajas comisiones a trabajadores de rentas medias y bajas, así como a la plantilla de pequeñas y medianas empresas, empleados públicos, trabajadores autónomos, temporales y jóvenes.

Según la Seguridad Social, el acceso a otros mecanismos de ahorro como los planes de pensiones individuales era casi exclusivo de las rentas más altas, trabajadores de grandes empresas, etc.

Las novedades de esta regulación

Esta Ley facilita la creación de planes de empleo en el marco de la negociación colectiva, en la empresa y en el sector, a través de los planes de empleo simplificados que reducen los trámites y tiempos de elaboración.

– Los planes de ahorro pueden ser un instrumento más de la negociación salarial con retribución diferida del trabajador, con los incentivos correspondientes.

– Habilita la creación de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública.

– Simplifica los procedimientos para crear planes de empleo, que tienen unos costes de gestión más bajos y mejores incentivos fiscales.

– Extiende el acceso a estos instrumentos a todos los trabajadores, incluidos los temporales, con la reducción del plazo de dos años a un mes como máximo para que se adhiera un trabajador al plan de pensiones de empleo.

– Los planes de pensiones de empleo deberán garantizar el desarrollo de medidas correctoras para evitar la brecha de género.

– Permite el acceso a los nuevos planes de pensiones de empleo simplificados a los trabajadores por cuenta propia o autónomos, que hasta el momento no tenían acceso a los planes de pensiones de empleo.

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Los beneficios fiscales para los trabajadores

Estos planes tienen una serie de beneficios fiscales para los trabajadores.

– Se ha incrementado la diferenciación de la fiscalidad entre planes individuales y colectivos, estableciendo un límite en la deducción de la base imponible de 1.500 euros y de 8.500 euros, respectivamente.

– La nueva regulación establece una mejora en la deducción del IRPF para los autónomos que dispongan de planes de pensiones de empleo. Según la Seguridad Social, este colectivo tendrá derecho a una deducción de hasta 5.750 euros al año, más del triple de la vigente actualmente.

Las novedades de este desarrollo normativo

– El nuevo Real Decreto establece los elementos básicos para la constitución y funcionamiento de los nuevos fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos.

– Se detallan las características y funcionalidades de la Plataforma Digital Común (PDC) a través de la cual se realizará toda la operativa y comunicación de la entidad gestora.

– Se completa la regulación de los planes de pensiones de empleo simplificados para su promoción y formalización de forma rápida, además de su integración en los nuevos fondos de pensiones de promoción pública o en otros fondos de pensiones ya existentes de manera ágil.

– Mejora el régimen económico de las aportaciones a planes de pensiones, permitiendo al partícipe continuar realizando aportaciones en supuestos de jubilación parcial.

– Se moderniza el tratamiento de las inversiones, posibilitando las inversiones en nuevas clases de activos, incluyendo capital privado.

– Se actualizan los límites de comisiones de gestión máxima al 0,3%, lo que permitirá que los gestores ofrezcan activos de mayor rentabilidad en los fondos de pensiones.

– Se impulsan las Finanzas Sostenibles, cuyos aspectos básicos se extenderán también a los fondos de pensiones personales.

– Desarrolla aspectos relevantes de la gobernanza de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública, como el régimen de incompatibilidades.

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