El SIME lleva al Ayuntamiento de Murcia a los tribunales por dotar ‘a dedo’ las plazas de la Unidad de Caballería

El SIME lleva al Ayuntamiento de Murcia a los tribunales por dotar ‘a dedo’ las plazas de la Unidad de Caballería

No es la primera vez que desde el Sindicato Independiente de Empleados Públicos (SIME) denuncian la presunta cobertura de una plaza especializada ‘a dedo’ en el Ayuntamiento de Murcia o, al menos, sin respetar los procedimientos establecidos por la ley. Y lo han vuelto a hacer, teniendo en esta ocasión en el punto de mira la reciente creación de la Unidad Especial de Caballería de la Policía Local de Murcia, la cual podría acabar en los tribunales tras la presentación de un recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Si bien, esta iniciativa suscitó críticas entre los grupos de la oposición «por implicar un gasto sin incidencia real en la mejora de la seguridad ciudadana», ahora lo que se cuestiona desde la representación sindical es los procesos puestos en marcha, o más bien, la falta de ellos para escoger a los miembros de dicha unidad atendiendo a su idoneidad, así como el hecho de que no se haya dado, por tanto, la posibilidad a otros agentes del cuerpo de concurrir a una convocatoria interna.

Se notificó el pasado 21 de septiembre desde el sindicato dicha situación al concejal de Seguridad Ciudadana y Emergencias, Fulgencio Perona, indicando que dicha Unidad «fue presentada en un acto, estando compuesta por una dotación de cuatro efectivos: un subinspector y tres agentes… una configuración que, no ha sido ofrecida en momento alguno a las personas que configuran las referidas categorías profesionales».

Ante esta situación, recordaban los dos delegados sindicales firmantes del escrito que «los traslados de turno o puesto dentro del mismo Servicio Municipal serán dispuestos por la Tenencia de Alcaldía o Concejalía correspondiente mediante comunicación razonada al interesado y a la Concejalía de Personal, quién dará cuenta a la Junta de Personal», para cubrirla posteriormente y, en primer lugar, «con solicitudes voluntarias».

Añade Antonio Jesús Álvarez Rex, uno de los firmantes, que la Ley 6/2019 de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia establece que para cubrir una plaza en una unidad especializada deberá hacerse por concurso de méritos. «Que menos que se haga de manera voluntaria esta cobertura, pero es que no se ha negociado nada», añadía, señalando que este sistema «tiene el objeto de facilitar la equidad, la publicidad y la transparencia en el seno de la movilidad profesional dentro de la Corporación».

«Es público y notorio en el seno del Cuerpo que la configuración de la referida dotación ha sido realizada por el Comisario General, sin más criterio que su propia voluntad y, por tanto, consideramos que esta actuación resulta totalmente irregular por contravenir la normativa de provisión de puestos de trabajo dentro del mismo Servicio, que no exige más criterio que la antigüedad, así como también vulnera las legítimas expectativas de promoción de estos comparecientes, y otros agentes y subinspectores», se añade en dicho escrito, apostillando que «esta absoluta discrecionalidad del Jefe de Servicio constituye una auténtica vía de hecho, actuación material sin base jurídica que la legitime».

Por ello, dichos delegados sindicales solicitaban al concejal competente que «decrete el cese de la vía de hecho ordenando al Comisario General Jefe de la Policía Local a que proceda a la apertura de un proceso de provisión de puestos para la referida Unidad de Caballería conforme a lo dispuesto en el Apartado 4 del Artículo 7 del vigente Acuerdo de Condiciones de Trabajo de esta Corporación». 

Ante la falta de respuesta a dicha solicitud , y de la mano de los servicios jurídicos del citado sindicato, los delegados sindicales, según han indicado, han recurrido la desestimación de su solicitud por silencio administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que deberá conocer ahora del asunto.

Recuerdan desde el sindicato que un procedimiento similar se emprendió ante la cobertura «irregular» de dos plazas del Equipo de Protección y Atención a la Familia (EPAF), «provistas mediante una convocatoria en la que no se indicaban las plazas disponibles ni los méritos requeridos», y que dieron lugar en su opinión, y en la del juzgado de Lo Contencioso Número 1 de Murcia a «una vulneración de las reglas mínimas que ha de tener todo proceso selectivo», tal y como establece la sentencia del pasado 11 de julio de 2022. 

Por ello, fallaba la resolución la anulación de dicho proceso por no ser conforme a derecho. Sin embargo, esta sentencia no se ha ejecutado por el momento ya que no es firme y ha sido recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, añaden las mismas fuentes.

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