Declaran culpable de asesinato al acusado de matar a un marroquí en Puerto de Mazarrón

Declaran culpable de asesinato al acusado de matar a un marroquí en Puerto de Mazarrón

Carlos Patricio B. M. asesinó a Younes de tres disparos, pero no existe una agravante de discriminación por racismo en el crimen. Este es el veredicto del jurado popular que declaró este martes culpable al exmilitar, de 55 años, al acusado de matar de tres disparos a un ciudadano de origen magrebí en junio de 2021 en Puerto de Mazarrón.

Además, lo declara culpable de tenencia ilícita de armas, al tener en su poder varias armas de fuego careciendo de la licencia. El jurado popular rechaza que el acusado tuviera sus capacidades afectadas por el alcohol y su versión de los hechos, en la que afirmó que disparó a Yones de manera instintiva, para protegerse. «Nunca quise matarlo, pero salió así», aseguró.

Ahora será el presidente del tribunal el que deberá decidir la pena que le impone, una vez que el jurado ha emitido su veredicto. Después de no probarse la agravante de delito de odio, la Fiscalía y la acusación particular, modificaron sus peticiones de penas en 21 años de prisión, por el delito de asesinato y un año más por tenencia ilícita de armas.

El veredicto apunta que en la tarde de los hechos el enjuiciado demostraba «actitudes reprochables» y que, en un momento dado, tuvo un enfrentamiento con otro cliente, amigo de la víctima, lo que detonó que el acusado «tuviera una fijación con ese grupo de amigos», la mayoría de origen marroquí.

Sobre las 21.08 horas, la víctima, junto a tres personas más, una de ellas camarera del local, se dirigieron a la mesa del agresor, aunque finalmente el fallecido y el acusado se quedaron hablando solos. Allí mantuvieron una discusión «bastante acalorada y tensa» que finalizó cuando la víctima se trasladó a su mesa, con su grupo de amigos, y el procesado se marchó del lugar.

El jurado ha considerado probado por unanimidad que un tiempo después el enjuiciado, representado en la vista por un abogado de oficio, se dirigió a la terraza del bar con la intención de matar a la víctima, ocultando bajo su camisa una pistola con balas y sin seguro que había cogido del armero que guardaba en su vivienda junto a más armas para las que carecía de autorización.

Una vez en el local, el individuo se colocó delante de la víctima y le dijo, en actitud retadora, «levántate si eres tan valiente y te mato», al tiempo que sacó la pistola que llevaba oculta y, apuntando hacia el hombre, emitió un primer disparo que hizo que este se levantara de la silla. Después, disparó dos veces a corta distancia.

Así, el jurado ha considerado probado por unanimidad que la víctima cayó desplomada al suelo fruto de los disparos en pecho y abdomen y que minutos después fue trasladada al hospital Virgen de la Arrixaca, en Murcia, donde falleció.

Tras la lectura del veredicto, que no ha considerado probada la concurrencia de la circunstancia agravante de discriminación, la Fiscalía ha solicitado, por el delito de asesinato, la pena de 21 años de prisión y la privación del derecho a residir o a acudir a Mazarrón durante 10 años; y por el delito de tenencia ilícita de armas, un año de cárcel.

En materia de responsabilidad civil, el Ministerio Público no incluye modificaciones, con lo que solicita la indemnización a la mujer y al hijo del fallecido -menor de edad- con 190.000 euros, y a los padres del mismo, con 90.000 euros.

Las acusaciones particular y popular se han adherido a la pena solicitada por el Ministerio Fiscal, si bien entienden que concurre la agravante de discriminación. En lo que respecto a responsabilidad civil, la abogada de la mujer del fallecido pide 200.000 euros para el hijo menor; 150.000 euros para la esposa; y 30.000 para los dos hijos de la mujer, que convivían con la pareja. La abogada de los padres de la víctima ha reclamado, además, el pago de 80.000 euros para el padre y 80.000 para la madre, ambos residentes en Marruecos.

Por su parte, la defensa ha manifestado su adhesión a lo interesado por el Ministerio Fiscal, así como a las penas y la responsabilidad civil solicitada en el escrito de conclusiones definitivas.

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