Las opciones para no pagar las cuotas a la Seguridad Social a las que se pueden acoger las empresas

Las opciones para no pagar las cuotas a la Seguridad Social a las que se pueden acoger las empresas

Ana de Dios

Viernes, 15 de diciembre 2023, 15:46

Al contratar a un trabajador, las empresas deben pagar una cantidad que corresponde a las cotizaciones de esas personas en concepto de cuotas a la Seguridad Social. Esta aportación es independiente al dinero que se les retiene a los trabajadores cuando reciben su salario. Lo cierto es que existen excepciones contadas en las que las empresas pueden eludir estas cuotas existen, pero son reducidas. La Seguridad Social ha recordado los casos en los que es posible hacerlo. Y es que solo aquellas empresas que se han adherido al Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo pueden beneficiarse de esta iniciativa.

Según señala la administración, El Mecanismo Red, recogido el Real Decreto-ley 32/2021, es «un instrumento diseñado para favorecer la flexibilidad interna de las empresas con el objetivo de fomentar la continuidad de las relaciones laborales estables, evitando el tránsito por el desempleo, en situaciones de crisis cíclicas o sectoriales».

Además, este contempla «los beneficios en la cotización a la Seguridad Social para las empresas, así como las acciones formativas y el compromiso del mantenimiento del empleo al que van vinculadas dichas exenciones en la cotización», destaca.

Qué tipo de exoneraciones existen

El Mecanismo Red cuenta con dos exoneraciones diferentes, que se aplicarán en función de la modalidad que escoja la empresa:

Cíclica, que proporcionará a las empresas un marco estable ante una caída transitoria o cíclica de su demanda por causas macroeconómicas, para evitar despidos inmediatos. En esta modalidad, durante los primeros cuatro meses las empresas se podrán beneficiar de una exoneración del 60% en las cuotas; del 30% entre el quinto y el octavo mes, y del 20% a partir del noveno.

Sectorial, mediante la cual las organizaciones sindicales y empresariales más representativas podrán solicitar la convocatoria de la Comisión Tripartita del Mecanismo RED. Esta será del 40% y condicionadas a la realización de actividades de formación.

Durante la aplicación de las medidas recogidas en el Mecanismo RED, «salvo excepciones», las empresas desarrollarán acciones formativas para las personas afectadas, que tendrán como objetivo «la mejora de sus competencias profesionales y su empleabilidad».

Además, las exenciones están condicionadas al mantenimiento del empleo de las personas trabajadoras afectadas por las medidas durante los seis meses siguientes a la finalización del periodo de vigencia del Mecanismo RED. El incumplimiento dará lugar al reintegro del importe de las cotizaciones exoneradas, recargo e intereses de demora.

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