Cómo solicitar la nueva ayuda del SEPE de hasta 600 para artistas con cotizaciones insuficientes

Cómo solicitar la nueva ayuda del SEPE de hasta 600 para artistas con cotizaciones insuficientes

A la hora de acceder a una prestación contributiva por desempleo la Seguridad Social exige haber cotizado una serie de años. Por lo general estas ayudas están destinadas a las personas que han contribuido un mínimo de un año o 360 días a la Seguridad Social, lo que correspondería a unos cuatro meses de paro.

A pesar de esta condición, para que aquellos trabajadores que no han llegado a cotizar este período de tiempo requerido, esta entidad contempla una serie de excepciones para que estas personas puedan recibir esta ayuda, que está dirigido especialmente al colectivo integrado por los artistas y personal técnico vinculado al mundo del espectáculo y de la cultura.

Por ello, los trabajadores que decidan solicitar esta ayuda, deberán justificar algunas de estas dos situaciones: han estado 60 días de alta en la Seguridad Social, con prestación de servicios en la actividad artística, en los 18 meses anteriores a quedar desempleado o 180 días de alta en la Seguridad Social, trabajando en la actividad artística, en los 6 años anteriores a la fecha de situación de desempleo.

Cuantía

Este subsidio del SEPE se percibe durante 120 días y tiene una cuantía mensual de 480 euros, es decir, el 80% del IPREM. Sin embargo, si las «bases de cotización correspondientes a los últimos 60 días de prestación real de servicios en la actividad artística sea superior a 60 euros, en cuyo caso será igual al 100% del IPREM», por lo que entonces la cuantía que cobrarían los beneficiarios de esta ayuda sería de hasta 600 euros al mes.

Requisitos

Para poder ser recibir esta prestación, los solicitantes deben reunir una serie de requisitos entre los que se encuentran:

– Que, en su caso, desde la fecha de la extinción de la anterior prestación especial hasta la fecha de nacimiento de la nueva prestación especial haya transcurrido, al menos, un año.

– No tener derecho a un alta inicial de la prestación por desempleo de nivel contributivo ordinaria.

– Estar afiliadas a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada al alta.

– Encontrarse en situación legal de desempleo.

– Acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar colocación adecuada a través de la suscripción del acuerdo de actividad incluido en la solicitud de la prestación especial.

– No haber cumplido la edad ordinaria para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación, salvo que no dispongan del período de cotización necesario o el contrato esté suspendido o reducida la jornada.

– Estar inscritas como demandante de empleo en el servicio público de empleo correspondiente.

Cómo solicitar esta prestación

Se presentará en el plazo de los quince días hábiles siguientes a la fecha de la situación legal de desempleo en la actividad artística. El derecho nacerá el día siguiente al de dicha situación legal de desempleo. Para ello habrá que seguir los siguientes pasos:

– Entrar en la sede electrónica del SEPE.

-Hacer clic en ‘Formulario’.

-Elegir la opción ‘Pre solicitud de prestación individual’.

-Después elegir el sub trámite: ‘Prestación contributiva’ (alta o reanudación).

-Escribir ‘Solicito la prestación especial de artistas’ dentro del apartado destinado a ‘observaciones’.

Si se presenta transcurrido el plazo de quince días, se tendrá derecho a la prestación especial a partir de la fecha de la solicitud, perdiendo tantos días de prestación como medien entre la fecha en que hubiera tenido lugar el nacimiento del derecho de haberse solicitado dentro del plazo y aquella en que se presentó la solicitud fuera de plazo.

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