La primera Ordenanza Municipal de Movilidad del Ayuntamiento de Murcia entró en vigor este viernes, tras su aprobación en el Pleno el pasado mes de marzo. Uno de los pilares de esta normativa se centra en regular el uso de los vehículos de movilidad personal (VMP), incluyendo aspectos sobre la edad del conductor y las zonas por las que debe transitar, entre otras cuestiones.
Como se expone en el BORM, el objeto principal se centra en armonizar el tránsito de las vías y espacios urbanos, incluidos el peatonal, el transporte de personas, la circulación de los diferentes vehículos, la distribución de mercancías y el estacionamiento. Por ello, la aplicación se extiende a todo el término municipal. En caso de incumplimiento, se incluye una parte sancionadora.
Normas
Una de las principales novedades atañe a la edad mínima para utilizar el patinete, que se fija en los 15 años. No obstante, se seguirá permitiendo su uso a los que no superen dicha franja, siempre y cuando estén bajo la vigilancia y responsabilidad de sus progenitores o tutores, circulen por zonas cerradas al tráfico y el vehículo resulte adecuado a su edad, altura y peso.
Hoy entra en vigor la nueva ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Murcia.
Si usas vehículos de movilidad personal #VMP consulta la ordenanza para conocer las nuevas normas y cómo comportarte en nuestras calles.
👉Si no tienes 15 años no puedes circular con un #VMP pic.twitter.com/vqh7aIZAks— Policía Local Murcia (@MurciaPolicia) May 17, 2024
Por otro lado, no se permite que haya más de un ocupante por VMP, ya que su estructura está diseñada para una sola persona. En cuanto al casco, no será obligatorio, pero sí altamente recomendable. Además, se aconseja que se utilicen prendas, chalecos o bandas reflectantes por la noche o en condiciones de baja visibilidad. Tampoco será preceptivo disponer de un seguro de responsabilidad civil con cobertura en caso de accidente para daños a terceras personas, personales o materiales, aunque sí se considera oportuno.
En ningún caso podrán circular por las aceras o zonas peatones. El BORM expone que cuando se haga por el carril bici o por las calzadas en las que estén autorizados, se coloquen por su derecha. Asimismo, deberán advertir con suficiente antelación cualquier giro, adelantamiento o maniobra, siempre respetando los semáforos, tanto los generales como los exclusivos para bicicletas.
Como indica la Policía Local, en caso de realizar maniobras antirreglamentarias de adelantamiento, uso de carriles o ir en sentido contrario, el conductor está expuesto a multas que se pueden elevar hasta los 500 euros. Las distracciones, el uso de cascos o auriculares, dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro elemento que cause distracción está sancionado con multas de hasta 200 euros. La normativa también prohíbe rotundamente circular con tasas de alcohol que superen lo establecido o con presencia de drogas en el organismo.

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Enlace de origen : Las nuevas normas que deben cumplir los patinetes en Murcia: edad, prohibiciones y multas