El juez condena al ingreso en un centro a tres jóvenes acusados de violar a dos menores en Murcia

El juez condena al ingreso en un centro a tres jóvenes acusados de violar a dos menores en Murcia

LA VERDAD

Murcia

Martes, 2 de julio 2024, 13:09

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La justicia ha condenado a tres jóvenes por la violación de dos chicas de 14 y 15 años en un cobertizo junto a la urbanización Joven Futura de Murcia. Según informaron fuentes judiciales, todos los acusados, que eran menores en el momento del ataque, reconocieron los hechos.

El magistrado titular del Juzgado de Menores número 1 de Murcia ha impuesto dos años y medio de internamiento en régimen cerrado para uno de ellos y dos años a los otros. La diferencia de duración de la medida de internamiento está determinada por la situación personal, familiar y sociolaboral de cada joven, como se expone detalladamente en la sentencia. Además de la medida de internamiento, tendrán un año de libertad vigilada con contenido educativo. Y se les prohíbe la comunicación y aproximación a las víctimas a menos de 400 metros. Además, se condena a los tres jóvenes y a sus padres, como representantes legales, a indemnizar a las víctimas con un total de 25.000 euros.

Los acusados reconocieron que llevaron a las chicas, de 14 y 15 años, a una zona apartada y las agredieron contra su voluntad

Los tres menores, de 17, 15 y 14 años en el momento de los hechos, obligaron a las dos adolescentes a subir en sus motos, las llevaron a una zona apartada y las agredieron contra su voluntad. Así lo reconocieron en la vista celebrada la pasada semana en el juzgado, en la que se mostraron autores de los cuatro delitos de agresión sexual y cooperadores necesarios en otras cuatro agresiones, y aceptando las medidas propuestas por el Ministerio Fiscal, el equipo técnico del juzgado y una de las acusaciones particulares. La segunda de las acusaciones reclamó una duración superior de la medida a imponer.

El magistrado recuerda en la sentencia, tras calificar los hechos de «muy graves», que las medidas que se imponen en la jurisdicción de menores «no se fundamentan ni única, ni principalmente», en la proporcionalidad ni en la reprochabilidad penal del delito sino en principios como «el interés del menor, la reeducación, la reinserción y la formación personal para el retorno social».

Además, apunta que las medidas solicitadas por el representante público y asesoradas por el equipo técnico, dentro de los límites legales, «tienen un cierto componente sancionador y de reproche penal porque están por encima del mínimo legal».

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