Todo lo que debes saber si recibes un coche por una donación, herencia o divorcio

Todo lo que debes saber si recibes un coche por una donación, herencia o divorcio

Ana de Dios

Domingo, 8 de septiembre 2024, 18:06

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A la hora de comprar un coche de segunda mano es necesario firmar una serie de documentos y comprobar que el vehículo está en perfectas condiciones. La Dirección General de Tráfico (DGT) recomienda verificar su estado, comprobar que el vehículo es transferible y está libre de cargas, firmar el contrato de compraventa, abonar el impuesto de transmisiones y realizar el cambio de titularidad del vehículo en la DGT.

Sin embargo, esta también advierte de que el procedimiento a seguir en el caso de que recibas el turismo a través de una donación, herencia o tras un divorcio o separación difiere levemente que en el primer supuesto. Y es que sin dejar de ser el mismo trámite, los cambios de titularidad de un vehículo tienen una serie de características especiales que tienes que tener en cuenta a la hora de realizarlo. Es por ello, que en su página web, la DGT específica qué pasos hay que seguir en cada uno de estos tres casos.

Herencias

En el caso de un vehículo proveniente de una herencia por fallecimiento del titular, será necesario para poder cambiar la titularidad del vehículo. Para ello tendrás que conseguir un documento que lo acredite, previo acuerdo de todos los herederos del vehículo, que has sido designado como el heredero único del vehículo y rellenar y firmar la declaración responsable de cambio de titularidad por fallecimiento del titular de un vehículo que así lo certifique.

También deberás abonar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Autónoma de la persona que va a heredar el vehículo y conserva un justificante de pago, exención o no sujeción del impuesto de sucesiones en el que figure identificado el vehículo. Por último, realiza la transferencia del vehículo en la DGT.

Donaciones de vehículos

Este trámite está considerado como un caso especial de venta a coste cero. Por ello, deberás firmar un documento o contrato de donación. Este debe incluir: datos del comprador y vendedor (nombre y apellidos o razón social y su DNI/NIE/CIF), datos del vehículo y fecha y hora en la que se firma el contrato.

Al igual que cuando se trata de una herencia, también habrá que abonar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y realizar la transferencia del vehículo en la DGT.

Separación o divorcio

En este caso, deberás obtener un documento acreditativo del acuerdo de la ruptura, separación o divorcio en los que se incluyan los datos del vehículo que cambia de titular, o lo que es lo mismo, la sentencia judicial o convenio regulador.

Justificar el pago, exención o no sujeción del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (IPT), modelo 620 o modelo 621, según corresponda, en la comunidad autónoma en la que tengas tu domicilio fiscal. En casi todas las comunidades autónomas lo puedes hacer fácilmente y de manera telemática. También realiza la transferencia del vehículo en la DGT.

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