Estas son las personas que pueden ser acompañantes en los viajes del Imserso, aunque no cumplan los requisitos

Estas son las personas que pueden ser acompañantes en los viajes del Imserso, aunque no cumplan los requisitos

Una agencia expone sus viajes, en una imagen de archivo. R.C.
Estas son las personas que pueden ser acompañantes en los viajes del Imserso, aunque no cumplan los requisitos

Desde esta semana están a la venta las plazas para esta temporada

Ana de Dios

Jueves, 26 de septiembre 2024, 07:41

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Desde este lunes, están disponibles los viajes del Imserso para la temporada 2024/2025 en las comunidades de la Región de Murcia, Andalucía, Aragón, Cantabria, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Madrid y Melilla. A partir del miércoles, se podrán adquirir en Asturias, Cataluña, Castilla-La Mancha, Ceuta, Galicia, Islas Baleares, Islas Canarias, La Rioja, Navarra y País Vasco. Para esta temporada, se han puesto a la venta un total de 886.269 plazas, distribuidas en tres lotes: Costa Peninsular (443.887 plazas), Costa Insular (230.039 plazas) y escapadas y turismo de interior (212.343 plazas). Los precios oscilan entre 125 y 350 euros, según la duración, la zona elegida y si incluyen transporte o no.

Para poder seleccionar el destino deseado, los participantes deben tener en cuenta un sistema de puntuación, diseñado para asegurar la igualdad de oportunidades en el acceso al programa. Según se detalla en la página web del Imserso, los criterios de puntuación se basan en cinco factores: edad, discapacidad, situación económica, participación en temporadas anteriores y pertenencia a familia numerosa. Los puntos obtenidos dependerán de las circunstancias individuales de cada participante.

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Además, para acceder al programa de viajes del Imserso, es necesario cumplir con los requisitos establecidos en la Orden SCB 926/2018, de 10 de septiembre, que regula el Programa de Turismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, y en la Resolución de 12 de junio de 2024. Los requisitos incluyen:

Ser pensionista de jubilación del sistema de la Seguridad Social español.

Ser pensionista de viudedad con 55 años o más.

Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años o más.

Ser asegurado o beneficiario del sistema de Seguridad Social español con 65 años o más.

Asimismo, los españoles residentes en el extranjero, siempre que cumplan los requisitos anteriores, podrán solicitarlo en las Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en países como Alemania, Andorra, Francia, Italia, entre otros. Igualmente, los emigrantes españoles que hayan retornado y sean pensionistas de los sistemas públicos de los países a los que emigraron podrán participar.

¿Quiénes pueden ser acompañantes en los viajes del Imserso?

Además de los beneficiarios directos, el Imserso permite que ciertos acompañantes participen en los viajes. Los usuarios podrán ir acompañados por su cónyuge, pareja de hecho o una persona con la que mantengan una relación estable y de convivencia análoga a la conyugal, sin que estos deban cumplir los requisitos de edad o pensión.

También podrán acompañarles los hijos con una discapacidad igual o superior al 45%, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación, o abonen el suplemento correspondiente para habitaciones dobles de uso individual, sujeto a la disponibilidad de plazas. En todos los casos, tanto los usuarios como sus acompañantes deben ser capaces de valerse por sí mismos para realizar las actividades básicas de la vida diaria.

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