Murcia duplica los efectivos de inspección para prevenir tragedias como la de Atalayas

Murcia duplica los efectivos de inspección para prevenir tragedias como la de Atalayas

Martes, 1 de octubre 2024, 01:16

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El incendio en la zona de ocio de Atalayas, que calcinó dos discotecas y se llevó por delante 13 vidas hace hoy un año, ha supuesto un antes y un después en el procedimiento administrativo de la concesión de permisos e inspecciones para la legalización de todo tipo de actividades económicas en el municipio, entre las que figuran los bares, pubs y discotecas, pero también centros deportivos y gimnasios.

El Ayuntamiento de Murcia se ha visto obligado a dar un vuelco a toda la tramitación y tomar medidas para que estos siniestros no se vuelvan a repetir. Los cambios incluyen tanto el incremento de la plantilla destinada a labores de inspección como la aprobación de nuevas instrucciones y normas para la mejora de los procedimientos de legalización y de seguridad contra incendios en los locales de ocio principalmente, pero no solo.

Todo para que la pregunta que quedó en el aire, sin respuesta, al día siguiente de la tragedia no vuelva a repetirse: ¿Cómo es posible que estuvieran abiertas las discotecas si tenían orden de cese de actividad por las deficiencias que se habían detectado en materia de seguridad y porque carecían de licencia? A efectos administrativos, entonces solo existía la siniestrada discoteca Teatre, ya que los propietarios habían decidido dividir la nave en dos para dar cabida a Fonda Milagros, y, por tanto, debían solicitar dos nuevas licencias.

El Ayuntamiento se pone deberes: una ordenanza de seguridad contra incendios con medidas específicas a cumplir por las actividades recreativas

«Lo que está en nuestras manos, lo estamos haciendo con los medios de que disponemos, pero nunca podremos garantizar cien por cien que una tragedia como la de Teatre no se repita», indica el concejal de Planificación Urbanística, Antonio Navarro.

En materia de Personal, el Consistorio murciano ha destinado a tres ingenieros técnicos para el nuevo Servicio Técnico de Disciplina de Actividades e Instalaciones, creado a partir de la tragedia, con el objetivo de «agilizar las tareas» de inspección. Son funcionarios interinos, pero la idea es consolidar las plazas.

Este departamento depende de la Concejalía que dirige Antonio Navarro. Antes había dos inspectores para el control de cualquier tipo de actividad o negocio que quisiera abrir en Murcia.

Otro servicio, el de Protección Civil-Prevención de Incendios, se ha reforzado con tres ingenieros técnicos –en las mismas condiciones que los otros tres– con los que también se pretende resolver los expedientes acumulados. En este caso, forman parte de la Concejalía de Seguridad Ciudadana y Emergencia, que dirige Fulgencio Perona.

Para la mejora de los procedimientos sobre la legalización de las actividades en funcionamiento, el Ayuntamiento, a través de la Concejalía de Planificación Urbanística, ha publicado dos protocolos con instrucciones precisas. La primera fue en diciembre de 2023, tres meses después del incendio; y la segunda, apenas dos más tarde, en febrero de este año, que sustituye a la anterior, al detectarse «algunas omisiones» que debían «subsanarse»; así como para introducir «otras medidas sobre el seguimiento de los trámites».

El objetivo último con el refuerzo del personal y la clarificación del procedimiento administrativo, destaca el concejal Navarro, es «agilizar al máximo» la intervención municipal «garantizando el cumplimiento de la ley y con una serie de plazos fijos que confieren seguridad jurídica a ambas partes».

En el protocolo, además, el Ayuntamiento de Murcia se pone como tarea la elaboración de sendas ordenanzas municipales: una por parte del Servicio de Prevención de Incendios, que debe incluir un capítulo o título específico sobre medidas de seguridad que deben cumplir las actividades recreativas y del ámbito de los espectáculos públicos. La ordenanza «está bastante avanzada» y para su redacción los técnicos están comparando las que ya están vigentes en otras ciudades.

Urbanismo, por su parte, también tiene «muy avanzada» la redacción de otra ordenanza que regule «los títulos habilitantes (licencias) en materia de actividades». Al igual que la anterior, debe incluir un capítulo específico sobre el procedimiento de legalización de las que están en funcionamiento. Y otro sobre el régimen de las que están incluidas en el ámbito de espectáculos públicos y ofertas recreativas. En ningún caso el Consistorio fija plazos para terminar su redacción.

Visita previa y legalización

El protocolo vigente, defiende el Ayuntamiento, «ha dotado de mayor formalidad, aun en contra del principio de economía procedimental, los actos de finalización de los trámites y suspensiones o levantamientos de órdenes de cese, en aras a una mayor seguridad jurídica y coordinación» entre los servicios participantes.

Por ejemplo, el protocolo subraya que los servicios técnicos que emiten los informes (seis), cuando llega al Consistorio una solicitud de licencia, «deben dar prioridad» a la legalización de aquellas actividades que ya están en funcionamiento y que están sujetas a licencia. Y remarca que, antes de emitirlos, «resulta imprescindible» haber llevado a cabo «la preceptiva visita de comprobación». Preguntado sobre esta cuestión, el concejal Navarro indica que esto no significa que antes no se realizaran las visitas, sino que «ahora se pone negro sobre blanco para que no haya ningún lugar a dudas».

Para emitir los informes, se establece un plazo máximo de 10 días hábiles a partir de la solicitud del Servicio de Intervención y Disciplina de Actividades, que es el que gestiona todas las peticiones que llegan al Ayuntamiento.

¿Qué deben determinar estos informes? Principalmente, tres cuestiones: «Si la documentación presentada es incompleta para poder emitir la resolución técnica; si esta se ajusta o no al cumplimiento de la norma; y si la realidad de la actividad no cumple con la normativa y / o con la documentación presentada».

Suspensión por riesgos graves

Con ello, el Ayuntamiento podrá determinar si el incumplimiento solo afecta a la documentación o son deficiencias que deben subsanarse «con actuaciones materiales». También si algunas de las faltas pueden suponer «un daño o riesgo grave e inminente para la seguridad o salud de las personas o el medio ambiente». Y qué medidas deben pedirse a los solicitantes para eliminarlo.

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En el caso en que se emitan informes técnicos desfavorables y para la resolución de los expedientes, la instrucción indica que estos deben trasladarse a los solicitantes conforme los reciba el nuevo Servicio de Intervención y Disciplina.

Añade que, si alguno de estos informes «especifica que existe un riego grave para la seguridad y salud de las personas, para la seguridad de los bienes o la protección del medio ambiente, se procederá a la apertura de un procedimiento de suspensión inmediata de la actividad, sin perjuicio de continuar con el procedimiento de legalización hasta que se emita la resolución que corresponda». La orden de cese se debe comprobar «transcurrido el plazo» dado al titular para su ejecución y cuando esta «sea firme en vía administrativa». Si se confirma el cese, el titular no podrá presentar otra legalización para la misma actividad, pero sí pedir una licencia nueva.

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