El único motivo que permite al casero entrar en la vivienda alquilada

El único motivo que permite al casero entrar en la vivienda alquilada

María Ramírez

Viernes, 4 de octubre 2024, 18:06

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Alquilar una vivienda implica cumplir con una serie de derechos y obligaciones que regulan la relación con el propietario del inmueble y el uso del mismo. En este sentido, es imprescindible que a la hora de firmar el contrato se incluyan de manera explícita aquellos puntos que suelen generar más conflictos, como el uso de los servicios de la comunidad, la tenencia de mascotas o las condiciones para la devolución de la fianza.

Una de las inquietudes que suelen tener los inquilinos es si el casero puede acceder al interior en cualquier momento y sin previo aviso. Si se atiende a la Constitución española, el arrendador no tiene derecho a ingresar en la residencia mientras el contrato esté vigente. Esto está estipulado en el artículo 18, que establece que «el domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito».

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A pesar de que la vivienda sigue siendo de su propiedad, al ponerla en alquiler, está cediendo el derecho de uso a cambio de una compensación económica y, por lo tanto, pierde la posesión legítima. De este modo, si quiere entrar, solo podrá hacerlo si pide permiso. Esto implica que si quiere enseñar el inmueble a un futuro inquilino o comprador, deberá contar con una autorización y acordar una fecha y hora adecuadas para ambas partes. No obstante, el inquilino tiene el derecho de negarse.

La excepción que permite su entrada

Existe una cláusula que permite al casero entrar en el interior. Como indica Fotocasa, el artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que el inquilino debe informar al arrendador sobre la necesidad de realizar reparaciones. Esto conlleva que debe facilitar al propietario o a los técnicos designados el acceso para verificar el estado del inmueble y llevar a cabo las obras.

De hecho, tal y como explica el portal inmobiliario, el arrendador está obligado a sufragar el gasto de aquellas reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad. Sin embargo, las pequeñas reparaciones que requiera el domicilio irán a cargo del inquilino.

No obstante, este debe dar su consentimiento para que se examinen los desperfectos. Si se niega a permitir la entrada y, como resultado, se producen daños, el arrendatario podría verse obligado a asumir los costos por los daños y perjuicios ocasionados.

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