¿Puedes solicitar la reanudación del paro si has tenido un contrato de corta duración?

¿Puedes solicitar la reanudación del paro si has tenido un contrato de corta duración?

Ana de DIos

Sábado, 12 de octubre 2024, 10:57

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Aquellas personas que pierden su empleo pueden solicitar la prestación por desempleo. Sin embargo, existen situaciones en las que el pago de esta prestación puede suspenderse, como ocurre durante una baja por maternidad o paternidad, al desplazarse al extranjero o al comenzar una actividad por cuenta propia. Aun así, en estos casos es posible solicitar la reanudación de la prestación.

Una duda frecuente es si esta reanudación aplica también para quienes obtienen un contrato laboral de menos de un año. La Seguridad Social ha aclarado esta cuestión en su página web.

«Cuando termines un contrato laboral de duración inferior a un año y no hayas agotado tu prestación por desempleo, podrás solicitar la reanudación de dicha prestación», explican. Esto permitirá recibir el pago del periodo pendiente bajo las mismas condiciones y topes establecidos antes de la suspensión. Las cotizaciones generadas durante ese empleo no afectarán la duración de la prestación ya reconocida, pero sí contarán para acceder a futuras prestaciones.

Asimismo, indican que si la prestación anterior no ha caducado por haber trabajado por cuenta ajena durante al menos 12 meses, se puede optar entre reanudar la prestación anterior o solicitar una nueva. «Para optar a un nuevo derecho, es necesario haber cotizado al menos 360 días tras el reconocimiento inicial de la primera prestación y cumplir con los requisitos establecidos», señalan.

Si no se solicita expresamente un nuevo derecho y se opta por la reanudación de la prestación suspendida, esta se reanudará. Las cotizaciones acumuladas desde el origen de la prestación se tendrán en cuenta para una futura prestación. En caso de solicitar un nuevo derecho tras el desempleo, el anterior se extinguirá completamente.

Cómo solicitar la reanudación

La solicitud de reanudación de prestaciones se puede realizar de las siguientes formas:

Por Internet: a través de la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), con certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve.

Presencialmente: en la oficina de prestaciones, previa cita que puede solicitarse en la Sede Electrónica del SEPE o por teléfono.

Para reanudar la prestación o subsidio, excepto en caso de infracción leve o grave, la solicitud debe presentarse en un plazo de 15 días hábiles desde la finalización de la causa que suspendió la prestación. Es necesario estar en situación legal de desempleo, inscrito como demandante de empleo y haber reactivado el acuerdo de actividad.

La reanudación se aplicará desde el final de la causa de suspensión. Si la solicitud se presenta fuera de plazo, la reanudación comenzará desde la fecha de solicitud, descontándose los días de prestación transcurridos desde el inicio de la reanudación (si se hubiese solicitado a tiempo) hasta el día antes de la presentación. Esto aplica a las prestaciones contributivas; en el caso de los subsidios, la reanudación será efectiva el mismo día de la solicitud.

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