Estas son algunas de las ayudas y bonificaciones de las que pueden disfrutar los autónomos que tienen hijos

Estas son algunas de las ayudas y bonificaciones de las que pueden disfrutar los autónomos que tienen hijos

Ana de Dios

Miércoles, 23 de octubre 2024, 16:07

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Ser autónomo en España implica hacer frente a una serie de obligaciones de las que están exentos los trabajadores por cuenta ajena. Entre estas obligaciones se encuentra abonar mensualmente una cuota a la Seguridad Social, la cual se calcula en función del beneficio neto. A cambio, los autónomos pueden acceder a servicios y prestaciones similares a los de los asalariados, como jubilación y maternidad. Afortunadamente, también tienen acceso a una serie de bonificaciones que permiten reducir estas cantidades, como la tarifa plana de 80 euros para nuevos autónomos.

Además, la Seguridad Social contempla una serie de ayudas para aquellos autónomos que sean padres. Para poder beneficiarse de ellas, es necesario que los solicitantes estén registrados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), residan en España y tengan responsabilidades parentales.

Qué ayudas pueden recibir

Conciliación de la vida profesional y familiar vinculada a la contratación

Los trabajadores por cuenta propia o autónomos tienen derecho, durante un plazo de hasta doce meses, a una bonificación del 100% de la cuota para la contratación vinculada a la conciliación. Para ello, deben cumplir con alguna de las siguientes condiciones:

-Estar al cuidado de menores de 12 años a su cargo.

-Tener a cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, en situación de dependencia, debidamente acreditada.

-Tener a cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% o una discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%, cuando dicha discapacidad esté debidamente acreditada, siempre que dicho familiar no desempeñe una actividad retribuida.

Cuidado de menores con cáncer u otra enfermedad grave

Bonificación del 75% de la cuota por contingencia común, excluida la Incapacidad Temporal (IT), aplicada sobre la base media de los 12 meses anteriores a la fecha de inicio de la bonificación. Esta prestación protege económicamente ante la disminución de ingresos provocada por la reducción de la jornada laboral.

Mujeres reincorporadas tras maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento o tutela

Bonificación del 80% de la cuota por contingencia común durante 24 meses.

Deducción por familia numerosa

Esta deducción se aplica en la Declaración de la Renta o como un pago mensual adelantado, siendo de 100 euros al mes para familias numerosas de categoría general (tres o cuatro hijos) o con hijos con discapacidad, y de 200 euros para familias numerosas de categoría especial (cinco o más hijos). Esto equivale a 1.200 o 2.400 euros al año, según el caso.

Complemento a la infancia del IMV

Ser autónomo no excluye la posibilidad de solicitar el IMV y el complemento a la infancia. Su importe se establece en función del número de menores de edad miembros de la unidad de convivencia y de la edad que tengan el día 1 de enero de cada año, de acuerdo con los siguientes tramos:

-Menores de tres años: 115 euros.

-Mayores de tres años y menores de seis años: 80,50 euros.

-Mayores de seis años y menores de 18 años: 57,50 euros.

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