¿Has recibido una herencia y no puedes pagar el Impuesto de Sucesiones? Estas son las opciones que tienes para afrontarlo

¿Has recibido una herencia y no puedes pagar el Impuesto de Sucesiones? Estas son las opciones que tienes para afrontarlo

Ana de Dios

Lunes, 11 de noviembre 2024, 07:34

Al aceptar una herencia, uno de los principales desafíos a los que deben enfrentarse los herederos es el Impuesto de Sucesiones. Este tributo grava la transmisión de bienes y derechos cuando una persona fallece y deja una herencia a sus beneficiarios. Los herederos, ya sean familiares o terceros, están obligados a pagar este impuesto por recibir los bienes del fallecido, los cuales pueden incluir propiedades, dinero, acciones, vehículos, entre otros.

La gestión y regulación del Impuesto de Sucesiones corresponde a las comunidades autónomas, lo que significa que el importe a pagar y las deducciones aplicables varían de una región a otra. En algunas comunidades, ciertos herederos pueden estar exentos o pagar solo una cantidad mínima, siempre que la herencia no supere ciertos límites establecidos. Esto depende del grado de parentesco con el fallecido y de la legislación vigente en cada comunidad. El impuesto se devenga el día del fallecimiento del causante o cuando se declare oficialmente su fallecimiento. A partir de ese momento, los herederos tienen un plazo de seis meses para presentar la declaración del Impuesto de Sucesiones ante la Hacienda autonómica correspondiente. Para aquellos que no puedan afrontar el pago inmediato, existen varias opciones.

1. Prorrogar el plazo de liquidación del impuesto de sucesiones

Los herederos pueden solicitar una prórroga de seis meses adicionales para liquidar el impuesto de sucesiones. Los pasos para solicitar esta prórroga son:

-La solicitud debe presentarse dentro de los cinco meses posteriores al fallecimiento.

-Se debe adjuntar el certificado de defunción y los datos de todos los herederos, además de indicar el motivo de la solicitud de prórroga y el valor aproximado de los bienes y derechos incluidos en la herencia. Es importante recordar que este valor es solo orientativo y puede variar en la declaración final.

2. Aplazar la liquidación del impuesto de sucesiones

En casos donde los herederos no puedan afrontar el pago del impuesto debido a la falta de liquidez de la herencia (por ejemplo, si esta incluye varios bienes inmuebles pero pocos bienes líquidos), se puede solicitar un aplazamiento de uno o dos años en ciertas comunidades autónomas.

Para obtener el aplazamiento no es necesario presentar garantías; solo se deben abonar los intereses de demora por el retraso y justificar la falta de liquidez. Si el plazo de un año no es suficiente y persiste la falta de liquidez, es posible solicitar una extensión del aplazamiento hasta un máximo de cinco años. En estos casos, la Agencia Tributaria puede requerir una garantía para asegurar el pago del impuesto y de los intereses de demora, más un 25% adicional sobre la suma de ambas cantidades.

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