Confirman la prisión permanente revisable para El Margarito por la violación y asesinato de una mujer en Lorca

Confirman la prisión permanente revisable para El Margarito por la violación y asesinato de una mujer en Lorca

Jueves, 5 de diciembre 2024, 14:33

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia desestimó el recurso presentado contra la condena a prisión permanente revisable de El Margarito, después de que el jurado popular lo declarara culpable de asesinato por acabar con la vida de una mujer, después de agredirla sexualmente, aprovechando su estado de embriaguez y a pesar de su resistencia en Lorca. Se trata de la primera condena de este tipo que se ha impuesto en la Región de Murcia

De acuerdo al veredicto de culpabilidad del jurado, el magistrado impone, por el delito de asesinato (cometido con alevosía y para evitar que se descubriera la violación anterior), la prisión permanente revisable y la medida de seguridad de libertad vigilada, postpenitenciaria, por un tiempo superior en diez años al periodo de cumplimiento efectivo de dicha pena. Y, como autor de un delito de agresión sexual violenta, con la agravante de discriminación por razones de género a la pena de 12 años de prisión y, tras ella, diez años de libertad vigilada, además de la prohibición de aproximación y comunicación con los hijos de la fallecida.

El tribunal no admite ninguno de los motivos alegados contra la sentencia por el recurrente. En concreto, desestima la queja de vulneración del derecho a la presunción de inocencia y carecer de base razonable la condena impuesta ya que los miembros del jurado se pronunciaron sobre todas las pruebas practicadas y las respuestas al objeto del veredicto fueron «totales, coherentes, claras, sin contradicciones y argumentadas».

Además, los magistrados recuerdan que «el jurado, en una muy detallada respuesta en este punto al objeto del veredicto, no encontró ningún medio de prueba que acreditara que al momento de la comisión de los hechos el acusado estuviera bajo los efectos de drogas toxicas o estupefacientes» y por tanto, no admiten la queja por falta de aplicación de la atenuante de drogadicción.

Según la sentencia confirmada, el acusado deberá indemnizar con 456.965 euros a los familiares de la fallecida. Contra ella cabe recurso de casación al Tribunal Supremo.

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