Cuánto puede subir la cuota de la comunidad de vecinos: esto es lo que dice la ley

Cuánto puede subir la cuota de la comunidad de vecinos: esto es lo que dice la ley

María Ramírez

Miércoles, 18 de diciembre 2024, 07:41

Vivir en una comunidad de vecinos no siempre es fácil. A menudo, los intereses y las necesidades de cada hogar pueden chocar y generar disputas. Asuntos como la tenencia de mascotas, las reformas en los apartamentos o los ruidos nocturnos suelen desencadenar desacuerdos. Por ello, es fundamental conocer y respetar los estatutos, que son las normas que establecen los derechos y deberes de los propietarios.

Algunos temas importantes se debaten en la junta, que se celebra, por lo menos, una vez al año para aprobar los presupuestos y las cuentas. En esta reunión, se plantean cuestiones relacionadas con el mantenimiento del edificio, las obras necesarias, el uso de las zonas comunes y, en general, cualquier aspecto que se considere de relevancia. Uno de los puntos es la fijación de las cuotas, que pueden sufrir modificaciones de un año a otro.

El precio puede aumentar con el objetivo de disponer de más fondos o para poder hacer frente a gastos imprevistos, como reparaciones o mejoras en las instalaciones. Cada finca establece el reparto de manera diferente: cuotas de participación o a partes iguales. Independientemente del modo en el que se distribuya, hay ocasiones en los que hay que desembolsar más dinero para pagar las facturas.

Cuánto puede subir el precio

La Ley de Propiedad Horizontal establece que el aumento es totalmente legal, aunque debe estar justificado. Según señala Idealista, el aumento debe ser proporcional a los gastos reales y necesarios del edificio, y no debe utilizarse con fines de lucro para la comunidad o los propietarios.

Si el porcentaje no supera el 15%, se puede aprobar en una reunión ordinaria. En ella, los vecinos tendrán la oportunidad de conocer en detalle el motivo del aumento y debatir si no están de acuerdo. Por el contrario, si rebasa el 15% sin contar el IVA y no se debe a la contratación de nuevos servicios, Idealista indica que los residentes tienen derecho a reclamar y cuestionar su legalidad.

En el caso de que se considere que no está bien justificada o que hay algún error en el cálculo, es posible reclamar. No obstante, hay que comprender que la ley no contempla un límite máximo para los incrementos. Eso sí, deben estar siempre bien justificados. Por lo tanto, la comunidad tiene plena flexibilidad para establecer el precio de las cuotas.

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