¿Has tenido gastos veterinarios este año? Estos son los casos en los que puedes desgravar la factura

¿Has tenido gastos veterinarios este año? Estos son los casos en los que puedes desgravar la factura

María Ramírez

Sábado, 21 de diciembre 2024, 17:07

Hay quien asegura que la salud de una mascota se ha convertido en un auténtico lujo. Tan solo hay que revisar la factura para comprobar que el costo puede superar en numerosas ocasiones las tres e incluso cuatro cifras. Un gasto que no es apto para todos los bolsillos, especialmente para aquellos con recursos limitados o quienes no cuentan con un seguro que cubra la totalidad del ticket.

La mayoría de pólizas cuentan con coberturas básicas y comunes, como consultas, revisiones y tratamientos médicos por enfermedad o accidente. Sin embargo, hay aspectos por los que habría que pagar un extra, los más habituales son el cuidado dental y tratamientos preventivos (vacunación, desparasitación o microchip). A esto se suma que no suelen cubrir condiciones preexistentes y pueden estar sujetos a algún tipo de carencia.

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Hay que tener en cuenta que con la nueva Ley de Bienestar Animal, hay un seguro que sí que es obligatorio para perros y gatos: el de responsabilidad civil. Este cubre los daños que los animales puedan causar a terceros, ya sea a personas o a bienes materiales.

Desgravar los gastos del veterinario

El desembolso que ocasiona el servicio veterinario lleva a muchas familias a preguntarse si el recibo se puede deducir en la Declaración de la Renta. La realidad es que la normativa tan solo contempla dos casos en los que sí se podría incluir.

El primer caso corresponde a los animales destinados al trabajo o a la producción. Esto aplica, por ejemplo, a los ganaderos o profesionales del sector agrícola que utilicen animales como caballos o bueyes. De este modo, podrían justificar los gastos relativos a su salud, incluyendo medicinas o dietas especializadas.

El segundo caso contempla a los autónomos que tengan animales que formen parte de su actividad económica. En este sentido, los profesionales que utilicen perros guardianes en su negocio podrán deducir los gastos derivados de su atención veterinaria.

Así, como indica TaxDown, tan solo las empresas y autónomos podrán deducir el IVA de estas facturas siempre que estén relacionadas con actividades económicas. Por lo tanto, los gastos relacionados con los animales de compañía de las familias quedarían excluidos de las deducciones fiscales.

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