Calendario fiscal 2025: estos son los trámites que deben presentar los autónomos durante enero para evitar multas

Calendario fiscal 2025: estos son los trámites que deben presentar los autónomos durante enero para evitar multas

Ana de Dios

Viernes, 10 de enero 2025, 17:01

Enero es uno de los meses más ajetreados para los autónomos. El comienzo del año trae consigo una mayor carga de obligaciones fiscales para autónomos, pymes y empresas. La Agencia Tributaria ya ha publicado el calendario del contribuyente de 2025, donde se reflejan las fechas límite y los plazos para cumplir con las obligaciones tributarias a lo largo del año. Asimismo, se ha dado a conocer cuándo comenzará y finalizará la campaña de la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2024.

Si no se presentan las obligaciones dentro del plazo establecido, el contribuyente puede enfrentarse a sanciones económicas que dependen del tiempo transcurrido. Estas sanciones pueden variar entre el 5% y el 20% del importe adeudado.

Documentación que deben presentar los autónomos antes de finalizar enero

Antes del 20 de enero:

Modelo 039: Incluye las contrataciones realizadas durante diciembre en el régimen especial del grupo de entidades del IVA.

Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF.

Modelo 115: Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.

Modelo 123: Declaración trimestral de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

Modelo 161: Resumen de las aportaciones recibidas durante 2024 para proyectos.

Antes del 30 de enero:

Modelo 130: Pago fraccionado del IRPF e ingresos a cuenta de la Renta.

Modelo 131: Último pago fraccionado de la Renta del año anterior en estimación objetiva.

Modelo 303: Liquidación trimestral del IVA.

Modelo 349: Declaración de operaciones intracomunitarias a la Agencia Tributaria.

Modelo 390: Resumen anual de la declaración del IVA del año anterior.

Antes del 31 de enero:

Modelos 036 y 037: Renuncia o revocación de la estimación objetiva para 2025 y años sucesivos.

Modelo 165: Declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación.

Modelo 179: Declaración trimestral de información sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.

Modelo 180: Resumen anual de retenciones en alquileres de inmuebles o locales para el desarrollo de actividades.

Modelo 182: Declaración de donaciones, donativos o aportaciones recibidas y/o realizadas.

Modelo 184: Declaración informativa anual de entidades en Régimen de Atribución.

Modelo 188: Rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y contratos de seguros de vida o invalidez.

Modelo 190: Resumen anual de retenciones e ingresos del IRPF.

Modelo 233: Declaración informativa de gastos en guarderías.

Modelo 270: Declaración de premios de lotería.

Modelo 345: Declaración de planes, fondos de pensiones, sistemas alternativos, planes de previsión asegurados o previsión social empresarial.

Modelo 369: Declaración del IVA relacionado con la prestación de servicios digitales o ventas a través de un e-commerce en países europeos fuera de España.

En caso de que el vencimiento coincida con una festividad local o autonómica, el plazo finalizará el primer día hábil siguiente al señalado en este calendario. Sin embargo, para el Modelo 369, el plazo de presentación no varía, aunque el último día coincida con fines de semana o festivos.

Enlace de origen : Calendario fiscal 2025: estos son los trámites que deben presentar los autónomos durante enero para evitar multas