Lunes, 13 de enero 2025, 01:06
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) considera que el magistrado Julio Guerrero, titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Murcia, no prevaricó para alargar la prisión de un acusado. La Sala de lo Civil y lo Penal ha inadmitido a trámite la querella que el conocido abogado José María Caballero presentó contra este juez, acusándolo de presuntos delitos de prevaricación y obstrucción a la justicia.
Tal y como avanzó LA VERDAD, el letrado denunció la «firme decisión» del magistrado de «hacer prevalecer su deseo de evitar la puesta en libertad» de uno de sus clientes frente a la ley. El TSJ sostiene, sin embargo, que la decisión del juez de alargar la prisión de ese procesado estuvo fundamentada en una interpretación de la legalidad, a su entender, «jurídicamente discutible», pero no «arbitraria ni absolutamente infundada».
Un atracador de bancos
Esta querella guarda relación con la sentencia que el magistrado impuso contra los tres atracadores que, en octubre de 2021, sembraron el pánico en una oficina bancaria ubicada en la avenida Juan Carlos I de Murcia. Guerrero había impuesto cinco años de cárcel a cada uno de los tres procesados por este asalto con rehenes, pero la Sección Segunda decidió tumbar esa sentencia.
El paso adoptado por el tribunal también dejaba sin efecto la prórroga de la prisión provisional del principal acusado Giuseppe A, alias Salvatore di Marco –que ya había cumplido dos años entre rejas–, por lo que la Sección Segunda instaba al magistrado Guerrero a «dar inmediata cobertura» a la situación de este acusado. Sobre este procesado constaba, no obstante, una orden europea de detención y entrega a las autoridades de Italia para cumplir una pena de hasta quince años y medio de cárcel por delitos de secuestro, detención ilegal, toma de rehenes y robo organizado con violencia, por lo que, antes de que la decisión de la Audiencia se tornase firme, el juez puso la situación en conocimiento de la Audiencia Nacional. Según explicaron fuentes cercanas al caso, el sospechoso quedó a disposición del magistrado Santiago Pedraz, que lo metió en prisión.
El TSJ advierte en su resolución de que el caso parte de un fallo de base y es que la Audiencia, en el auto en el que revocaba la sentencia y ordenaba dar «inmediata cobertura» a la situación del acusado, no debió haber dejado un plazo para un posible recurso, porque éste no cabía y ya era firme. Una situación, remarca la Sala, que no fue advertida por ninguna de las partes.
«La afirmación de que habría actuado de forma arbitrariamente consciente sobre la base de una enemistad con el letrado no pasa de una especulación»
La decisión del magistrado de mantener la prisión, argumenta la Sala, se basa, por tanto, en «un previo error generado en otra instancia judicial» y se ajustó a la petición de la Fiscalía. La Sala hace hincapié en que la resolución de Guerrero, «aunque merecedora de cuestionamiento serio en cuanto a su acierto jurídico, (…) no supuso un plus respecto de la mera contradicción con la más razonable interpretación de la normativa aplicable». El TSJ remarca, en este punto, que «la jurisprudencia ha señalado reiteradamente a este respecto que la falta de acierto en la legalidad y la injusticia no son lo mismo».
El TSJ también ahonda en los argumentos de Caballero, que estuvo representado por el letrado José Luis Mazón y que basó la decisión del magistrado en una, a su entender, animadversión personal contra él. Invocó, en este punto, la existencia de otros casos que estando en sus manos habían recaído en este juzgado y en los que, explicó, el juez se había abstenido alegando una manifiesta enemistad con él. La Sala remarca que todas esas abstenciones fueron posteriores al dictado de las resoluciones que son objeto de la querella. «La afirmación de que el magistrado querellado habría actuado de forma arbitrariamente consciente contra un ciudadano sobre la base de una enemistad surgida con el letrado defensor de éste a partir de hechos posteriores a las decisiones cuestionadas no pasa de una especulación carente de la más mínima base fáctica justificativa», recalca.
La Fiscalía y la defensa del magistrado habían solicitado la condena en costas del querellante. En el caso de la representación de Guerrero, éste había alegado temeridad y mala fe en su actuación procesal. El TSJ, sin embargo, rechaza esa condena en costas y remarca que no aprecia que «la actuación del querellante sea reflejo de una actuación procesal precipitada, irreflexiva o inspirada en el deseo de poner el proceso penal al servicio de fines distintos a aquellos que justifican su existencia»
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Enlace de origen : El TSJ descarta que el magistrado Guerrero prevaricase para alargar la prisión de un acusado