Los pensionistas que sí deberán realizar la Declaración de la Renta 2024

Los pensionistas que sí deberán realizar la Declaración de la Renta 2024

Ana de Dios

Lunes, 3 de febrero 2025, 07:52

La Declaración de la Renta es un trámite anual mediante el cual se paga el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En este proceso, los ciudadanos deben reflejar las actividades laborales, económicas, de capital y patrimoniales que hayan desarrollado a lo largo del ejercicio anterior. Para el ejercicio fiscal de 2024, la Agencia Tributaria ya ha publicado el calendario correspondiente:

-Del 2 de abril al 30 de junio de 2025: Presentación de las declaraciones de Renta y Patrimonio por Internet.

-Del 6 de mayo al 30 de junio de 2025: Confección de la declaración por teléfono, previa solicitud de cita (disponible del 29 de abril al 27 de junio).

-Del 2 de junio al 30 de junio de 2025: Atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, también con cita previa, que podrá solicitarse entre el 29 de mayo y el 27 de junio.

Sin embargo, no todos los ciudadanos están obligados a presentar la Declaración de la Renta. El Ministerio de Hacienda y Función Pública establece ciertos límites y requisitos que eximen a algunos contribuyentes de realizar este trámite. Este año, por ejemplo, aquellos que hayan recibido una prestación por desempleo estarán obligados a declarar, independientemente del tiempo o la cantidad percibida.

¿Qué pasa con los pensionistas?

Una de las dudas más habituales entre los jubilados es si están obligados a presentar la Declaración de la Renta. Aunque muchas personas piensan que al jubilarse se libran de sus obligaciones con Hacienda, la realidad es diferente. La pensión, al ser considerada un ingreso, está sujeta a las mismas normativas que otras rentas. No obstante, no todos los pensionistas deben hacer la declaración, ya que esto depende de varios factores.

La obligación de presentar la Declaración de la Renta para los pensionistas depende principalmente de dos aspectos: el total de ingresos anualees y si hay uno o varios pagadores.

En el caso de los pensionistas con un único pagador, como la Seguridad Social, no están obligados a declarar si sus ingresos anuales no superan los 22.000 euros. Sin embargo, si el jubilado tiene más de un pagador (por ejemplo, ingresos adicionales provenientes de un fondo de pensiones privado o alquileres), el límite se reduce a 15.876 euros.

Cuando hay varios pagadores, Hacienda presta especial atención, ya que la combinación de ingresos puede generar discrepancias en las retenciones aplicadas.

¿Qué más exime a los pensionistas de declarar?

Además de los límites de ingresos, existen casos específicos en los que los pensionistas no deben preocuparse por la Declaración de la Renta. Por ejemplo, algunas pensiones están exentas de tributación, como las pensiones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.

¿Y las pensiones del extranjero?

Los jubilados que reciben pensiones procedentes de otros países pueden enfrentarse a una situación más compleja. Según los convenios existentes entre España y el país de origen, estas pensiones podrían tributar tanto en España como en el extranjero. Para evitar problemas fiscales, es recomendable buscar asesoramiento especializado.

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