El nuevo permiso retribuido en tu trabajo si eres donante de órganos: se puede solicitar a partir de marzo

El nuevo permiso retribuido en tu trabajo si eres donante de órganos: se puede solicitar a partir de marzo

Ana de Dios

Lunes, 3 de febrero 2025, 20:39

Los trabajadores en España cuentan con una serie de permisos retribuidos que les permiten ausentarse de su puesto de trabajo por motivos justificados sin que ello afecte a su salario. Este derecho, recogido en el Estatuto de los Trabajadores, aplica a todos los empleados, independientemente del tipo de contrato que tengan o si trabajan a jornada completa o parcial.

Entre los permisos más conocidos están los de maternidad, paternidad o el destinado al cuidado de un familiar. Sin embargo, hay otros menos usuales, como el permiso para donar sangre, siempre y cuando no sea posible realizar esta acción fuera del horario laboral. Este derecho está regulado en el artículo 37.3 del ET, el cual detalla varias situaciones que justifican la ausencia laboral con carácter retribuido.

En esta misma línea, una nueva medida se suma a la lista de permisos retribuidos y comenzará a aplicarse a partir del 3 de marzo de 2025. Este permiso, introducido mediante la Ley 6/2024, refuerza la protección de las personas donantes de órganos o tejidos, marcando un avance significativo en los derechos laborales y sociales.

Nuevo permiso retribuido para donantes

La Ley 6/2024 modifica el artículo 37.3 del ET, añadiendo un apartado que establece el derecho a un permiso laboral retribuido para las personas que decidan donar órganos o tejidos. Este permiso cubre el tiempo necesario para asistir a sesiones informativas, realizar pruebas médicas y evaluar la idoneidad tanto del donante como de sus órganos o tejidos.

El objetivo principal de esta medida es facilitar las ausencias laborales imprescindibles para los actos preparatorios de la donación, los cuales no suelen justificar una incapacidad temporal completa. Gracias a esta reforma, los donantes podrán realizar estos procedimientos sin temor a repercusiones laborales, fomentando un entorno más favorable para quienes optan por este acto altruista.

Nueva prestación por incapacidad temporal

Además del permiso retribuido, la Ley introduce una prestación específica por incapacidad temporal (IT) para donantes, mediante la modificación del artículo 169.1 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). Esta prestación cubre tanto los días necesarios para la preparación médica como el periodo de recuperación tras la donación.

La normativa garantiza que los donantes estén protegidos económicamente mientras reciben atención médica y durante su recuperación. Desde el ingreso hospitalario hasta el alta por curación, la prestación ofrece seguridad económica para quienes deciden salvar vidas a través de la donación. Con estas medidas, el Gobierno busca eliminar las barreras laborales y económicas que podrían dificultar la donación de órganos.

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