El expresidente de la Federación Española de Fútbol (FEF), Luis Rubiales, ha sido condenado por un delito de agresión sexual por el beso a la jugadora Jenni Hermoso a 18 meses de multa a 20 euros cada día, 10.800 euros en total. La sentencia del Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional se ha conocido solo una semana después de que finalizara el juicio. Los otros tres acusados, el exseleccionador nacional femenino Jorge Vilda, el exdirector deportivo de la FEF, Albert Luque, y el que fuera responsable de marketing, Rubén Rivera, han sido absueltos del delito de coacciones, al igual que Rubiales. Contra este fallo cabe recurso ante la Sala de lo Penal del mismo tribunal.
El fallo del magistrado Juan Manuel Fernández-Prieto prohíbe además al exmandatario de la federación acercarse a Hermoso en un radio de 200 metros y comunicarse con ella durante un año. La Fiscalía de la Audiencia Nacional había solicitado en su informe de conclusiones una condena total de dos años y seis meses de cárcel para Rubiales, de los cuales un año era por el delito de agresión sexual y otro año y medio por las coacciones. Por este último tipo penal, la representante del Ministerio Público había pedido la pena de un año y seis meses para los otros tres acusados.
Sin embargo, la sentencia de 36 páginas reduce sustancialmente los escritos de acusación de la partes hasta no apreciar responsabilidad penal en la comisión dolosa de presiones para que Jenni Hermoso cambiara su versión sobre el consentimiento del beso, que tuvo lugar en la entrega de medallas del Mundial de Australia celebrado en agosto de 2023. Es decir, el juez no considera que hubiese violencia o intimidación en estos hechos. La Fiscalía de la Audiencia Nacional ya estudia la resolución en vista a un previsible recurso de apelación.
La vista oral arrancó el pasado 3 de febrero y se prolongó a lo largo de nueve sesiones en las que declararon, entre otros, el propio Rubiales y Hermoso, quienes centraron sus alegatos en si hubo o no consentimiento en el beso. El expresidente de la FEF y su abogada sostuvieron que sí hubo aceptación, que Hermoso accedió a recibir “un besito” y que el hecho de que pudiera “no haberle gustado” no obsta a que accediera a ello. El abogado de la futbolista, por su parte, pidió un castigo para el principal acusado dejando claro que no le dio permiso. “No estamos ante un consentimiento, es un sometimiento”, afirmó.
Pues bien, la sentencia considera probado que concurre los elementos de la agresión sexual, esto es, “realizar de forma sorpresiva un acto que atenta contra la libertad sexual de otras personas, sin consentimiento de la agredida”. Añade que el beso en la boca a Jenni Hermoso “tuvo una clara connotación sexual, y no es la forma normal de saludar a las personas con las que no se mantiene una relación de afectividad”. Y cree que la versión de la futbolista en el juicio, a la que da “plena credibilidad”, es “concluyente” de que en ningún momento lo consintió.

Soy William Abrego, me uní como ejecutivo de SEO y me abrí camino hasta el puesto de Gerente Asociado de Marketing Digital en 5 años en Prudour Pvt. Ltd. Tengo un conocimiento profundo de SEO en la página y fuera de la página, así como herramientas de marketing de contenido y diferentes estrategias de SEO para promover informes de investigación de mercado y monitorear el tráfico del sitio web, los resultados de búsqueda y el desarrollo de estrategias. Creo que soy el candidato adecuado para este perfil ya que tengo las habilidades y experiencia requeridas.
Enlace de origen : Rubiales, condenado a una multa de 10.800 euros por el beso a Jenni Hermoso