Si se ha llevado la grúa tu coche aunque estaba bien aparcado, estas son las razones

Si se ha llevado la grúa tu coche aunque estaba bien aparcado, estas son las razones

Ana de Dios

Domingo, 30 de marzo 2025, 09:52

Aparcar el coche para hacer algún recado y encontrarlo ‘desaparecido’ al regresar es una experiencia desagradable, sobre todo si lo habías estacionado correctamente, sin bloquear un vado ni señales de prohibición visibles. Normalmente, asociamos que la grúa se lleva los coches por cometer infracciones evidentes, pero también puede suceder que lo retiren aun cuando parece estar bien aparcado.

El artículo 105 de la Ley de Tráfico regula cuándo una grúa puede retirar un vehículo. En concreto, indica que «la autoridad encargada de la gestión del tráfico podrá proceder a la retirada del vehículo y su depósito en los siguientes casos»:

-Cuando el coche represente un peligro, cause graves perturbaciones en la circulación de vehículos o peatones, o dañe servicios o bienes públicos.

-Si el coche ha sufrido un accidente que le impide continuar su marcha.

-Si el coche está inmovilizado por alguna infracción y no hay un lugar adecuado para dejarlo sin obstaculizar la circulación.

-Si el vehículo permanece en una zona habilitada para personas con discapacidad sin tener el distintivo correspondiente.

-Cuando esté estacionado en carriles reservados, como los de bus, o en zonas de carga y descarga.

-Si está aparcado en áreas de estacionamiento limitado sin el distintivo o si supera el triple del tiempo permitido.

-Cuando obstaculice o dificulte la circulación, o represente un peligro.

-En todos estos casos, la grúa puede llevarse el coche, incluso si aparentemente estaba bien aparcado.

¿Hay que pagar en estos casos?

Cuando una grúa retira un vehículo, el propietario no solo debe pagar la multa por la infracción, sino también abonar los gastos derivados del servicio de la grúa y el tiempo que el coche permanezca en el depósito municipal. Sin embargo, si consideras que la retirada fue injusta, tienes el derecho de presentar una reclamación. Según la ley, los gastos deben ser pagados por el propietario, arrendatario o conductor habitual, salvo algunos casos.

La ley también recoge que estarán exentos de hacer frente a estos costes «en los casos de sustracción u otras formas de utilización del vehículo en contra de la voluntad de su titular, debidamente justificadas, los gastos que se originen como consecuencia de la retirada a la que se refiere el apartado anterior serán por cuenta del titular, del arrendatario o del conductor habitual, según el caso, que deberá abonarlos como requisito previo a la devolución del vehículo, sin perjuicio del derecho de recurso y de la posibilidad de repercutirlos sobre el responsable del accidente, del abandono del vehículo o de la infracción que haya dado lugar a la retirada. El agente de la autoridad podrá retirar el permiso de circulación del vehículo hasta que se haya acreditado el abono de los gastos referidos».

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