
La Audiencia Provincial de Madrid ha avalado la tesis central del juez Juan Carlos Peinado para investigar a Begoña Gómez. El tribunal, en un extenso … auto en el que toma varias decisiones trascendentales para el devenir de la causa, respalda que el juez indague si la esposa del presidente del Gobierno se pudo aprovechar de esta condición «para vender supuestos favores u ofrecer supuestas influencias, siempre eso sí, a cambio de contraprestaciones de la más diversa índole, encaminadas a proyectar su carrera profesional en la búsqueda de una posición privilegiada».
En contestación al recurso presentado por la defensa de Gómez, los magistrados compran en este momento de la instrucción la línea maestra de la investigación de Peinado, en tanto en cuanto las empresas del Grupo Barrabés -para cuyo máximo responsable Juan Carlos Barrabés han confirmado su imputación- «resultaban una pieza clave en el desarrollo e implementación de la cátedra» que digirió la principal investigada en la Universidad Complutense entre 2020 y 2024.
El tribunal añade que también pudo valerse de Grupo Barrabés «para el lanzamiento (de la citada cátedra) y la supuesta excelencia profesional desde la cual se habrían urdido el resto de actividades, sobre la que se proyecta la sospecha delictiva, consistente en una clara desviación de poder».
Sin embargo, en la misma resolución la Audiencia Provincial ha tomado otras decisiones que afectan al desarrollo mismo de esta línea de investigación y a otras abiertas por Peinado. Se trata del papel del rector de la Universidad Complutense Joaquín Goyache, a quien levantan la imputación por presunto tráfico de influencias; o del que fuera consejero del PP en la Comunidad de Madrid Juan José Güemes, actual directivo del Instituto Empresa, quien contrató en 2018 a Begoña Gómez en el germen de lo que fue la creación de la cátedra universitaria de Transformación Social Competitiva (TSC).
Del mismo modo, la Audiencia vuelve a cerrar el paso definitivamente a Peinado sobre la investigación del rescate de Air Europa en plena pandemia por parte del Gobierno. Un decisión que afecta directamente a las diligencias realizadas por el instructor en su intento de seguir adelante con este asunto, tal y como advirtió la semana pasada a la Fiscalía y a la defensa de Gómez aprovechando informaciones periodísticas sobre el ‘caso Koldo’ en el Tribunal Supremo.
En este sentido, deja sin efecto un requerimiento relevante de Peinado, que había pedido recabar información de la SEPI (sociedad pública) sobre las ayudas otorgadas a Air Europa. «Por estar ya perfilados los hechos no podemos admitir la investigación de otros distintos«, aclara la resolución.
Del mismo modo, los magistrados instan a Peinado a, en caso de apreciar la «existencia de indicios racionales de criminalidad de algún hecho nuevo que haga presumir la comisión de un delito distinto», deducir «los correspondientes testimonios para su tramitación separada, todo ello en orden a dar una mayor efectividad y concreción a la causa». Eso implicaría que el juez tendría que derivar a otro juzgado para su investigación los hechos que considera delictivos y que no puede investigar en la causa.
Contratación
La Audiencia también insiste en dejar fuera del procedimiento todo lo relativo al África Center del Instituto de Empresa, donde trabajó Begoña Gómez. Y se expresa así en relación a la testifical de Sonsoles Blanca Gil de Antuñano, directora de Recursos Humanos, que «fue llamada a declarar en relación a la contratación en 2018 cuando su esposo ya había sido nombrado presidente del Gobierno, con la finalidad de dirigir el departamento del África Center de reciente creación».
«Consideramos que esta diligencia resulta innecesaria porque excede de lo que es objeto de esta instrucción, del delito de tráfico de influencias por el que está siendo investigada, ya que en este caso fue la empresa mencionada la que quiso contar con los servicios de Gómez. Sin perjuicio de la desestimación formal del motivo, por carecer de trascendencia, consideramos que la cuestión relativa al África Center debe ser excluida del presente procedimiento», manifiesta el tribunal.
Finalmente, la Audiencia descarta que la declaración como testigo del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, no fuese necesaria. «Resulta útil y pertinente porque de las diligencias practicadas se deducen múltiples reuniones para la constitución de la Cátedra de Transformación Social Competitiva, celebradas en el entorno institucional de la Presidencia del Gobierno, habiendo estado presente en alguna ocasión el presidente», justifica.
En este contexto, cabe recordar que la Fiscalía pidió que no se entregase el vídeo de su declaración a las partes. La Audiencia Provincial, a pesar de que el juez ya facilitó la misma, asegura que «carecía de cualquier utilidad la entrega de dicha declaración» en tanto que, en la misma, Sánchez «se acogió a su derecho a no declarar» contra su esposa. Por lo tanto, la Sala insta al juez a guardar «el debido respeto al derecho a la intimidad de los declarantes», facilitando a las partes acceso a las diligencias de este tipo en la Secretaría del Juzgado, «a fin de garantizar el derecho a la imagen de todas las partes, ya que se trata de actuaciones reservadas como toda actuación practicada en fase de instrucción».

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Enlace de origen : La Audiencia de Madrid avala que Peinado investigue a Begoña Gómez por usar su posición para vender «favores»