Complemento a mínimos: con qué pensiones es compatible y cómo solicitarlo

Complemento a mínimos: con qué pensiones es compatible y cómo solicitarlo

Ana de Dios

Martes, 29 de julio 2025, 11:05

En junio de 2025, la Seguridad Social abonó un total de 10.342.975 pensiones a más de 9,3 millones de personas, según datos de Moncloa. Esta misma fuente señala que la pensión media del sistema alcanza los 1.311,4 euros mensuales, lo que representa un aumento del 4,5 % respecto al mismo mes del año anterior.

Sin embargo, algunos pensionistas perciben un importe más bajo, debido a factores como no haber alcanzado la edad legal de jubilación, haber cotizado menos años de los requeridos o tener ciertos ingresos adicionales.

Es por ello que la Seguridad Social contempla un mecanismo para aquellas personas que reciben pensiones por debajo del importe mínimo y cuyos ingresos están por debajo del umbral establecido. Se trata del conocido complemento a mínimos, que es compatible con las pensiones por jubilación, viudedad, orfandad, incapacidad permanente y en favor de familiares.

¿Quién puede solicitarlo?

Este complemento está diseñado para garantizar que todos los pensionistas reciban una cuantía mínima que les permita vivir con mayor dignidad. Para poder acceder a él, se deben cumplir los siguientes requisitos:

-Ser pensionista del sistema de la Seguridad Social.

-Residir legalmente en España.

-Percibir una pensión por debajo del importe mínimo establecido por ley.

-Tener ingresos anuales inferiores al límite legal vigente, que varía según la situación del beneficiario.

El proceso de solicitud es sencillo y puede realizarse en cualquier momento del año. Es suficiente con presentar el documento de identidad del solicitante. Si el trámite se realiza de forma digital, bastará con disponer de un certificado electrónico o estar registrado en el sistema Cl@ve. En determinados casos, como cuando se actúa en representación de otra persona, será necesario aportar documentación adicional que lo justifique.

Una vez presentada la solicitud, el interesado recibirá un comprobante. La Seguridad Social resolverá el trámite en un plazo máximo de 30 días, y la notificación será enviada al domicilio del solicitante o de su representante. Si la resolución es favorable, el complemento comenzará a abonarse en la siguiente mensualidad, junto con la pensión correspondiente.

Este complemento tiene carácter revisable. Cada año se evalúa si el beneficiario sigue cumpliendo con las condiciones que dieron lugar a su concesión. En caso de que se produzca un cambio en los ingresos u otras circunstancias personales, es obligatorio notificarlo a la Seguridad Social en un plazo máximo de 30 días. Esta gestión puede realizarse fácilmente a través del servicio digital «Declaración de ingresos para el complemento de pensiones mínimas».

¿Cómo se calcula el complemento a mínimos?

El importe del complemento tiene como objetivo garantizar una cuantía mínima mensual en determinadas prestaciones. Esta cantidad puede variar en función de si el pensionista ha cumplido una determinada edad o si tiene familiares a su cargo, siempre y cuando no supere el límite de ingresos establecido por la normativa vigente.

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