
Ana de Dios
Domingo, 31 de agosto 2025, 20:44
En España, la jornada laboral está regulada por una serie de normativas dirigidas a garantizar el adecuado descanso de los trabajadores y proteger el ejercicio efectivo de sus derechos. Elementos como la duración máxima de la jornada semanal, los descansos dentro de la misma y los permisos retribuidos se encuentran recogidos en el Estatuto de los Trabajadores.
Concretamente, el artículo 34 del Estatuto establece que la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo no podrá superar las cuarenta horas semanales de trabajo efectivo, calculadas en promedio anual. Además, establece que la jornada diaria ordinaria no podrá ser superior a nueve horas, salvo que exista acuerdo entre la empresa y la representación de los trabajadores para su distribución. Para los menores de edad, el máximo diario se reduce a ocho horas.
Dentro de la jornada laboral también se regula expresamente el derecho a los descansos. Así, cuando la jornada diaria exceda de seis horas consecutivas, los trabajadores deberán disfrutar de un período de descanso no inferior a quince minutos. Este descanso se denomina habitualmente ‘pausa para el bocadillo’ o ‘descanso del bocadillo’. En el caso de los menores de dieciocho años, el período de descanso será de al menos treinta minutos cuando la duración de la jornada diaria supere las cuatro horas y media seguidas.
A pesar de estar regulado en la normativa laboral, surgen con frecuencia dudas entre los trabajadores sobre si estos minutos de descanso deben ser recuperados al finalizar la jornada. Algunas empresas, de hecho, exigen que el tiempo empleado en la pausa sea recuperado, prolongando la jornada más allá del horario previsto, lo que puede generar conflictos.
¿Es obligatorio recuperar el tiempo del ‘descanso del bocadillo’?
En este sentido, según ha explicado el sindicato USO a través de sus redes sociales, la clave está en el convenio colectivo. Si el convenio establece que el descanso forma parte de la jornada laboral, el trabajador no tendrá que recuperarlo, ya que se considera tiempo trabajado. Por el contrario, si el convenio no regula nada sobre este punto, la empresa podrá imponer la recuperación de esos minutos, lo cual es legal siempre que no se supere el límite máximo de jornada anual.
Por este motivo, para evitar malentendidos y posibles conflictos, es fundamental que revises cuidadosamente tu convenio colectivo y, si tienes dudas, consultes con un profesional o representante sindical que te ayude a defender tus derechos laborales.

Soy William Abrego, me uní como ejecutivo de SEO y me abrí camino hasta el puesto de Gerente Asociado de Marketing Digital en 5 años en Prudour Pvt. Ltd. Tengo un conocimiento profundo de SEO en la página y fuera de la página, así como herramientas de marketing de contenido y diferentes estrategias de SEO para promover informes de investigación de mercado y monitorear el tráfico del sitio web, los resultados de búsqueda y el desarrollo de estrategias. Creo que soy el candidato adecuado para este perfil ya que tengo las habilidades y experiencia requeridas.
Enlace de origen : Descansos en la jornada laboral: cuándo debes recuperarlos y cuándo no