María Ramírez
Martes, 14 de octubre 2025, 07:39
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Los autónomos están en un periodo de cambios normativos que está redefiniendo la manera en la que deben cumplir con sus obligaciones fiscales. Uno de ellos ha sido la implantación del sistema de cotización por tramos, un modelo con el que los profesionales por cuenta propia deben abonar su cuota en función de los ingresos reales que generan, y no mediante una cantidad establecida previamente con independencia de su facturación.
El método que se utiliza para cobrar a los clientes también es otro de los focos de atención de Hacienda. Por ello, la Agencia Tributaria ha establecido nuevas herramientas para detectar los pagos en negro. Una cuestión muy relacionada son las facturas, que pueden llegar a ser un auténtico quebradero de cabeza para estos contribuyentes y que en 2026 suman una importante novedad.
Nuevo sistema de facturación electrónica
Hacienda puso en marcha a finales del pasado mes de mayo Veri*Factu, su nuevo sistema de facturación electrónica que da mayor transparencia, trazabilidad y control de las cuentas. Según la normativa, el próximo 1 de enero entrará en vigor para las sociedades limitadas, las sociedades anónimas y otras formas societarias. Para el resto de autónomos, esta obligación se implantará a partir del 1 de julio de 2026. No obstante, esta regla tiene un asterisco: no será obligatorio para los empresarios adscritos al Suministro Inmediato de Información y para los que no estén domiciliados en territorio español de régimen común (País Vasco y Navarra).
Uno de los puntos a resaltar de esta nueva normativa es que los autónomos tendrán la opción de optar por un sistema alternativo al Veri*Factu: modalidad no Veri*Factu. En este caso, el software permite generar la factura con todos los datos exigidos por la AEAT y garantiza que no pueda ser alterada. La diferencia principal con Veri*Factu es que, en lugar de enviarse automáticamente a la Agencia Tributaria, el registro queda almacenado en los propios servidores o archivos del contribuyente. La Agencia Tributaria señala que las facturas producidas por esta modalidad, a diferencia de la otra, «no serán verificables, dado que no podrán ser consultadas en la sede, pero también incorporarán el Código QR en la factura y podrán ser comunicadas a la Agencia Tributaria». Ambas son válidas y están reguladas en el Reglamento aprobado por Real Decreto 1007/2023.
La aplicación es completamente gratuita y, además, los autónomos pueden recurrir al Kit Digital para financiar la compra de herramientas complementarias o medios que faciliten este nuevo sistema de facturación. Cabe recordar que el uso de uno de estos métodos es obligatorio y que, aquellos que no dispongan de un sistema Informático de Facturación (SIF) o que carezca de alguno de los requisitos que tienen que tener estos programas afrontan multas de hasta 50.000 euros.

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