Punto y seguido. El magistrado Leopoldo Puente, instructor en el Supremo del ‘caso Ábalos-Koldo-Cerdán‘, ha decidido cerrar la primera pieza de esta ya macrocausa … y dictó este lunes auto de procedimiento abreviado contra el exministro de Transportes José Luis Ábalos, su exasesor Koldo García, y el empresario Víctor de Aldama. Con este trámite, equivalente al procesamiento, el juez propone sentar en el banquillo a los tres supuestos cabecillas de la trama corrupta por, entre otros motivos, haberse constituido en una suerte de ‘banda organizada’ para el cobro de mordidas, principalmente con la adjudicación amañada a la empresa Soluciones de Gestión de De Aldama de contratos millonarios de compra de mascarillas durante la pandemia por parte de diferentes administraciones controladas por el PSOE.
Puente, en este primer juicio al que fuera mano derecha de Pedro Sánchez en el partido, acusa al exministro, a su exayudante y al conseguidor de los delitos de cohecho, pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos.
La conclusión de esta pieza, que fue el origen del entonces llamado ‘caso Koldo’ en la Audiencia Nacional allá por febrero de 2024, no supone, ni mucho menos, el fin de la instrucción sobre la trama corrupta en la que participaban Ábalos, García y De Aldama y que, supuestamente, dirigía el exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán, actualmente en prisión. Al margen de otros muchas posibles irregularidades, el propio Puente investiga todavía el supuesto cobro de comisiones a cambio del amaño de obra pública por parte de los exdirigentes socialistas, mientras que en el tribunal de la calle Génova, el juez Ismael Moreno mantiene abierta otra causa con los ‘no aforados’ sobre diferentes amaños y pendientes de decidir si indaga también sobre los pagos opacos del PSOE a los imputados.
Cuando el pasado septiembre, el juez dividió en dos su investigación, ya adelantó que, además de las mascarillas, en esta pieza inicial que lleva ahora a juicio también incluía todo lo referido al hecho de que «Koldo García, con el conocimiento y la aquiescencia del entonces ministro, habría desplegado su influencia para lograr que De Aldama o las empresas cuyos intereses éste favorecía, pudieran entrevistarse con diferentes altos funcionarios o empleados públicos o se beneficiaran de concretas actuaciones promovidas e impulsadas desde el propio ministerio». Así en este bloque que podría ser enjuiciado en 2026 también entra: la publicación de la nota de prensa avalando la próxima financiación pública de Air Europa; las gestiones realizadas en favor de la sociedad Villafuel para que sus representantes se reunieran con responsables del Gobierno; o el encuentro que De Aldama sostuvo con Carlos Moreno, «quien era en ese momento jefe de gabinete de la Ministra de Hacienda y Función Pública, y que tenía por objeto procurar el aplazamiento de una deuda tributaria de una de las empresas de De Aldama».
Puente deja asimismo en esta pieza principal «la arbitraria colocación en sendas empresas públicas de, al menos, Jésica Rodríguez y Claudia Montes», las amigas del exministro de Transportes que habrían sido enchufadas en la administración.
«Existen muy consistentes indicios, a partir de los hechos que se declaran como indiciariamente justificados, de que De Aldama hizo entregas de sucesivas cantidades de dinero a los también investigados José Luis Ábalos Meco y Koldo García Izaguirre, al fin y con el propósito de que por los mismos se efectuaran actos contrarios a los deberes inherentes a sus respectivos cargos públicos», apunta el auto de procesamiento.
«Organización criminal»
En su resolución, el magistrado insiste en que el todavía diputado, Koldo y De Aldama se convirtieron ellos mismos en una «organización criminal» ya que «se concertaron» casi desde el primer momento («muy poco después de tomar posesión» Ábalos como ministro de Sánchez) para «beneficiarse económicamente de la adjudicación de contratos que pudieran realizarse en el ámbito de la Administración Pública, así como para aprovechar en su beneficio económico cuantas oportunidades se les pudieran presentar de hacerlo valiéndose de dicha valiosa influencia». Abunda Puente en la tesis de que desde el principio la idea de los tres imputados fue aprovechar la «natural influencia que proyectaba» el puesto de Ábalos para enriquecerse de manera ilícita.
Con estas premisas se repartieron los «papeles»: Ábalos, la «influencia»; De Aldama, «localizar empresas o particulares interesados en cualquier clase de gestión con la Administración»; y Koldo «realizar las gestiones ordinarias oportunas».
En su auto, el instructor da traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal y a la representación de las acusaciones populares para que, en el plazo común de diez días, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias.

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Enlace de origen : El Supremo sienta en el banquillo a Ábalos, Koldo y Aldama por la trama de las mascarillas