
La Justicia deja en entredicho la legitimidad de las decisiones que tomaron en 2019 los ediles expulsados del PSOE que, en la pasada legislatura, formaron … gobierno con PP y Cs. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cartagena ha estimado el recurso interpuesto por MC y declara nulas las delegaciones, nombramientos y representaciones a favor de los entonces ediles Juan Pedro Torralba, David Martínez, Mercedes García, Irene Ruiz y Alejandra Gutiérrez, así como de la exalcaldesa, Ana Belén Castejón. Este periódico tuvo acceso al documento, cuya autenticidad ratificaron desde el partido cartagenerista.
La resolución, además, condena al Ayuntamiento de Cartagena al pago de las costas procesales, si bien limitada a la cantidad de 500 euros por todos los conceptos.
MC presentó el recurso contra el decreto de alcaldía, ocupada por Noelia Arroyo, en el que se otorgaban sus correspondientes delegaciones de gobierno y puestos de representación en otros organismos a los mencionados ediles por entender que los mismos eran contrarios a la ley.
El tribunal basa su decisión en la jurisprudencia. Entiende que el concepto de tránsfuga ha ido ganando en significado. Señala el documento que, si bien al principio se consideraba tránsfuga a todo aquel que traicionaba a su partido para cambiar un gobierno o, al menos, desestabilizarlo, ahora el juez indica que existen casos sentenciados en los que se aplica la condición de tránsfuga a personas que mantienen su acta en una institución a pesar de que ya no obedecen las directrices del partido que les presentó a las elecciones. En esta línea, el juez saca a colación un caso acaecido en Navarra, el cual compara con el cartagenero, dando por hecho que ambos son de similar índole.
El magistrado, en consecuencia, concluye que los ediles tránsfugas no pueden ostentar delegaciones de gobierno, sino que solo pueden ejercer las funciones que les son inherentes a su condición de edil, como son tener voz y voto en los plenos y participar en los mismos con mociones, ruegos y preguntas. También derecho de acceso a la información, honores y distinciones.
Recurso municipal
Contra la sentencia, firmada ayer por el juez Fernando Romero, cabe interponer un recurso de apelación ante el mismo juzgado en los próximos 15 días. El portavoz de MC, Jesús Giménez Gallo, valoró que la resolución les produce una gran satisfacción. «Nosotros sabíamos desde el principio que nos amparaba la ley y que nos iban a dar la razón como así ha sido», expresó el líder cartagenerista.
Portavoces municipales avanzaron por su parte que los servicios jurídicos del Ayuntamiento presentarán recurso, que, aseguran, «deberá resolverse en el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia». Desde el Consistorio, sus letrados no comparten la aplicación directa de la jurisprudencia antes mencionada al caso de Cartagena.
Defienden que lo que pretenden las normas y acuerdos contra el transfuguismo es evitar que un cambio de grupo municipal altere las mayorías de gobierno o suponga ventajas personales o políticas obtenidas como contrapartida de ese cambio. «En el supuesto de Cartagena, no hubo alteración de las mayorías ni pacto posterior con otros grupos, sino la continuidad del mismo gobierno municipal que se constituyó en junio de 2019».
En este sentido, señalan que la expulsión de los concejales del PSOE fue una decisión interna de su partido, que se tomó posteriormente a la formación del gobierno y que no modificó la estructura de la corporación ni el reparto de responsabilidades aprobado al inicio del mandato. «Por tanto, las ratificaciones de 2021 no implicaron nuevas delegaciones ni mejoras personales, políticas o económicas, sino la simple confirmación formal de la organización municipal existente desde 2019, con el fin de garantizar la continuidad administrativa tras el relevo en la alcaldía».

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Enlace de origen : Un juzgado declara nula la entrada en el gobierno local de Cartagena de los expulsados del PSOE