«La destrucción de los mensajes no obedecía a una exigencia legal»

«La destrucción de los mensajes no obedecía a una exigencia legal»

El Supremo no se cree la versión de Álvaro García Ortiz de que borró por completo todos sus dispositivos –precisamente solo horas después de conocer que se le abría causa por la filtración del correo del novio de Isabel Díaz Ayuso- siguiendo un supuesto protocolo que le obligaba a cancelar periódicamente sus datos por motivos de confidencialidad. La sala certifica que no existía esa «exigencia legal» de borrado masivo de información y que, en cualquier caso, «no se entiende» cómo el fiscal general del Estado no hiciera por «preservar» al menos los supuestos datos que hubieran probado su «inocencia». Y, a sus ojos, es igualmente incompatible ese supuesto rigor a la hora de borrar datos por imperativo legal con el descontrol en el acceso a los buzones de la Fiscalía que -según el propio condenado- habría facilitado que decenas, sino centenares de personas, pudieran haber tenido acceso al ‘mail’ de Carlos Neira, abogado de la pareja de la presidenta.

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