
Los trabajadores del centro de llamadas del 112 de la Región de Murcia gastan su último cartucho legal en la lucha para que el servicio se preste de forma directa … por la Comunidad Autónoma señalando a los tribunales españoles. Tal como habían anunciado, profesionales de la plantilla presentaron el pasado 3 de diciembre una demanda ante la Corte Europea de los Derechos Humanos de Estrasburgo, en el que es ya su último recurso en la búsqueda de que se reconozca que la externalización del teléfono de emergencias en la Región supone una cesión ilegal, tras agotar el recorrido judicial en España y pasar por primera instancia, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región, el Supremo (TS) y el Constitucional (TC).
La demanda, que firma el abogado José Luis Mazón, incide en que tanto la sentencia de instancia como las posteriores del TSJ y del TS «evitaron considerar un elemento central»: la vigencia del Decreto 67/1997 de la Región de Murcia, que establece la gestión directa y exclusiva del servicio 112 por la Comunidad, pese al cual se ha venido produciendo una sucesión de concesiones desde hace 25 años. Así, recuerda que la sentencia de instancia menciona este decreto «pero omite extraer consecuencias, generando la apariencia de un sesgo incompatible con el artículo 6 del Convenio Europeo de los Derechos Humanos (CEDH)».
La plantilla formalizó el pasado día 3 su última baza legal al acudir a la Corte Europea de los Derechos Humanos
También alega que en el Supremo «se produjo una restricción desproporcionada del acceso al recurso de casación», al inadmitirlo la sala de Lo Social con «criterios excesivamente formales», denegando el acceso a la revisión de un caso que cuenta, según señala, «con evidencia objetiva suficiente». En este sentido, subraya que, según la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el formalismo procesal no puede restringir injustificadamente el derecho de acceso a la Justicia.
Nombramientos «políticos»
A esto suma la demanda una presunta falta de independencia judicial en España, que justifica por la «designación y el contexto institucional de nombramientos de origen político». En este sentido, subraya que tanto el presidente de la sala de lo Social del TSJ de Murcia como el de la sala Social del Tribunal Supremo «fueron nombrados por el Consejo General del Poder Judicial, que se encuentra bajo mayoría parlamentaria del Partido Popular (PP), formación con interés directo en la materia juzgada por ser la Administración regional gobernada por el mismo partido». «Esta situación –prosigue– genera un déficit de independencia y confianza objetiva en la Justicia, en contradicción con el estándar de imparcialidad impuesto por el artículo 6 del CEDH».

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Enlace de origen : Los trabajadores del 112 denuncian en Estrasburgo «parcialidad» en su causa