García Ortiz prepara ya la petición de nulidad de su condena antes de acudir al Constitucional

García Ortiz prepara ya la petición de nulidad de su condena antes de acudir al Constitucional

La sentencia ya es firme y no se puede impugnar, por lo que solo cabe solicitar su nulidad para, después, acudir a la corte de garantías. Se trata de un procedimiento excepcional para impugnar resoluciones judiciales firmes que rara vez prospera, porque es el propio tribunal juzgador el que lo resuelve. No obstante, obligará a sus siete integrantes a pronunciarse de nuevo sobre la motivación jurídica de su resolución. En todo caso, la defensa tiene 30 días para presentar el incidente de nulidad a partir de la publicación de la sentencia este pasado martes.

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Mientras tanto, los abogados del Estado, en representación de García Ortiz, siguen estudiando los argumentos jurídicos de la condena para preparar bien sus próximos movimientos. La defensa tiene previsto apoyarse en la decisión de las dos magistradas discrepantes con el fallo mayoritario, Susana Polo y Ana Ferrer. En su voto particular, apuntan que el acusado tendría que haber sido absuelto porque los indicios considerados probados «no son suficientes para llegar a un juicio de culpabilidad, sin dudas razonables», sino «una mera sospecha», señalan.

Argumentos

La vulneración de la presunción de inocencia será el núcleo de su futuro amparo ante la corte

En su explicación, ambas magistradas progresistas afirman que las conclusiones alcanzadas por sus compañeros «implican una vulneración del derecho a la presunción de inocencia». Además, creen que apuntan a una culpabilidad «muy abierta» y que hay otras conclusiones alternativas que no se han tenido en cuenta a la hora de emitir el dictamen. Es decir, exponen elementos suficientes para incluirlos en un futuro recurso de García Ortiz ante el Constitucional, donde se dirimirá la próxima batalla jurídica.

No obstante, el condenado también podría acudir en última instancia al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, para pedir que verifique si las autoridades judiciales españolas han velado adecuadamente por sus derechos.

En el caso del Constitucional, no es habitual que revoque una sentencia del Supremo, pero en los últimos tiempos existen ejemplos como la anulación parcial por mayoría de sus integrantes de las condenas ratificadas por la Sala Segunda (Penal) a varios castigados por el fraude de los ERE andaluces; entre ellos los expresidentes socialistas de la Junta José Antonio Griñán y Manuel Chaves.

El precedente andaluz

En su caso, acudieron a la corte presidida -como ahora- por Cándido Conde-Pumpido con el sostén jurídico de los votos particulares de Susana Polo y Ana Ferrer, como ha ocurrido ahora con la sentencia al ex fiscal general. En los ERE, ambas magistradas sostuvieron que ninguno de los condenados en primera instancia por la Audiencia Provincial de Sevilla intervino en esos actos fraudulentos del tramo final de la ejecución del presupuesto destinado a las empresas en crisis, ni tampoco tuvieron conocimiento de que estaban siendo realizados por autoridades y funcionarios de la Consejería de Empleo.

Esperanza en el TC

El voto discrepante de Polo y Ferrer en los ERE ya centró el recurso admitido por el Constitucional a Chaves y Griñán

A pesar de lo cual, y sin base probatoria para ello -señalaron Polo y Ferrer entonces- se les condenó, en el caso de Griñán por un delito de malversación en virtud de un supuesto dolo eventual que en ningún caso quedó acreditado. Por este motivo, defendieron que debieron ser absueltos de un ilícito que conllevaba penas de prisión por haberse vulnerado su derecho fundamental a la presunción de inocencia, entre otros.

En el caso de Chaves, el castigo fue de nueve años de inhabilitación especial, mientras que a Griñán lo condenaron por prevaricación en concurso medial con malversación a seis años de prisión. Aunque no llegó a cumplirla por sufrir un cáncer.

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