
Alba Verdú
Lunes, 12 de enero 2026, 08:35
Comenta
Los derechos laborales son una garantía para los trabajadores, pero renunciar a ellos puede ser causa de despido. Es el caso de un trabajador de la industria siderúrgica en Logroño, quien fue despedido por negarse a tomarse sus 15 minutos de descanso en el turno de trabajo, incumpliendo así sus horas de entrada y salida, según la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja a la que ha tenido acceso LA VERDAD.
Este trabajador, con una antigüedad de más de 20 años en la empresa, fue despedido de acuerdo a la sentencia por no cumplir con los acuerdos laborales y los descansos pautados y obligatorios según su jornada. El origen del conflicto se sitúa en 2008 cuando, debido a las circunstancias económicas derivadas de la crisis, la empresa se vio obligada a cambiar la organización del trabajo y dejar de computar el «tiempo del bocadillo» como tiempo efectivo de trabajo, en conveniencia con los representantes de los trabajadores. De ese modo, los turnos de trabajo pasaron a ser de 8.15 horas, «de manera que el descanso de 15 minutos para el bocadillo tiene carácter imperativo y no computa como tiempo de trabajo», en turnos rotativos.
En 2019, el trabajador comenzó un periodo de reducción de jornada para cuidar de su hijo, por lo que su horario pasó a ser fijo de mañanas y su jornada de 7 horas, de 8 a 15.15 horas. Cuando se reincorporó a su jornada laboral, en septiembre de 2023, el trabajador comunicó a la empresa su «disconformidad» con tener que recuperar los 15 minutos del bocadillo y avisó que a partir de octubre del mismo año su jornada laboral sería de 7 a 3, obviando esos 15 minutos adicionales. Además, trasladó su intención de reclamar «el tiempo del bocadillo trabajado y no remunerado hasta la fecha».
Un descanso obligatorio
Sin embargo, la empresa le contestó que, debido al acuerdo suscrito entre la empresa y los trabajadores en 2008, el tiempo del bocadillo no está considerado como tiempo de trabajo, y que dicho acuerdo se había venido «aplicando de forma pacífica año tras año y ratificándose expresamente en la firma del calendario anual entre la empresa y representantes de los trabajadores». Asimismo, le recordaban que su jornada era en doble turno rotativo de mañanas y tardes, respetando el horario que apareciera en el cuadrante de turnos. Además, destacaron que en jornadas continuas de más de 6 horas, como era su caso, el descanso para el bocadillo era obligatorio, por motivos de prevención de riesgos laborales.
Sin embargo, a partir del 25 de octubre (la fecha anunciada por el comunicado a la empresa), el trabajador comenzó a cumplir sus intenciones, realizando jornadas laborales menores a las indicadas, con la intención de saltarse esa pausa para el bocadillo. Tras varios avisos por parte de la empresa y las correspondientes sanciones, el trabajador fue finalmente despedido.
Este demandó a la empresa para que el despido fuera considerado improcedente, pero el TSJ lo considera un despido procedente y ha rechazado las pretensiones del trabajador. No solo el despido es correcto, sino que el descanso para el bocadillo es obligatorio, tanto para el trabajador como para la empresa, que podría enfrentarse a sanciones en materia de prevención de riesgos laborales en el caso de permitir que se incumpla.

Soy William Abrego, me uní como ejecutivo de SEO y me abrí camino hasta el puesto de Gerente Asociado de Marketing Digital en 5 años en Prudour Pvt. Ltd. Tengo un conocimiento profundo de SEO en la página y fuera de la página, así como herramientas de marketing de contenido y diferentes estrategias de SEO para promover informes de investigación de mercado y monitorear el tráfico del sitio web, los resultados de búsqueda y el desarrollo de estrategias. Creo que soy el candidato adecuado para este perfil ya que tengo las habilidades y experiencia requeridas.
Enlace de origen : Despiden a un trabajador por negarse a hacer un descanso de 15 minutos durante su jornada laboral