Un edificio sufre un incendio y la administradora tiene que indemnizar a la comunidad con 234.000 euros: no les había avisado de que no tenían seguro

Un edificio sufre un incendio y la administradora tiene que indemnizar a la comunidad con 234.000 euros: no les había avisado de que no tenían seguro

Alba Verdú

Lunes, 2 de febrero 2026, 09:28

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Un administrador de fincas es la persona o empresa encargada de gestionar los asuntos financieros, legales y técnicos necesarios para el buen desarrollo de la gestión de dicha finca. Son normalmente contratados por comunidades de vecinos con el propósito de poder desvincularse de todas estas gestiones, delegadas en alguien con conocimientos para llevarlas a buen puerto.

Eso fue lo que pensó una comunidad de propietarios de Cunit, Tarragona, según los hechos que recoge una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona a la que ha tenido acceso LA VERDAD. Esta comunidad contrató a una empresa para gestionar la finca, si bien la relación contractual no duró más de un año: la gestión comenzó el 1 de diciembre de 2016 y finalizó el 18 de noviembre de 2017.

Un incendio en el bajo del edificio

El 12 de octubre de 2017, se declaró un incendio en un bazar chino ubicado en uno de los bajos del edificio, lo que ocasionó importantes daños en el edificio. Ante esto, los vecinos solicitaron al administrador de fincas «para que comunicara a los vecinos el número de siniestro a fin de coordinar los seguros privativo con el comunitario». La empresa administradora les dijo que el seguro estaba con la compañía Helvetia, pero con vigencia desde el 16 de octubre de 2017.

Según los hechos recogidos en la sentencia, lo que ocurrió fue una negligencia. Cuando comenzó la gestión de esta empresa, el edificio tenía una póliza multirriesgo con Catalana Occidente. Pero en enero de 2017, cuando tenían que hacer frente al pago del primer semestre del seguro, la cuenta bancaria de la comunidad no tenía saldo suficiente. La correduría de seguros se puso en contacto con la administración de fincas, para instar al pago y advirtiendo de que, si este no se producía, se anularía la póliza.

Sin embargo, estas circunstancias no fueron comunicadas en ningún momento a la comunidad de propietarios, y finalmente la aseguradora dio de baja el seguro. De este modo, cuando se produjo el incendio, el edificio no estaba asegurado, y la empresa administradora contrató un seguro «4 días después del siniestro», «sin presupuesto y sin consulta alguna a los vecinos, para aparentar una actividad en el cumplimento de sus deberes, que ya había conculcado cuando dejó de renovar la póliza con Catalana o no propuso otra alternativa».

A pesar de que la administradora ha intentado apelar, negando la negligencia, la Audiencia Provincial de Tarragona considera que era su obligación informar a los vecinos sobre los problemas con la aseguradora, «o incluso con utilización del fondo de reserva para el pago de la prima» y considera «inadmisible» que tratara de ocultar que no había seguro contratando uno nuevo después del incendio. Por eso, la condena a pagar los gastos de la comunidad, de más de 234.000 euros.

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