El tribunal que juzgará en el Supremo a José Luis Ábalos, Koldo García y Víctor de Aldama por el llamado ‘caso mascarillas’, una de las … dos causas del ‘caso Koldo’, ha rechazado la recusación de cinco de los siete integrantes de la Sala por ser una petición «extemporánea». El órgano presidido por Andrés Martínez Arrieta, que desde las 11:10 de la mañana celebra la audiencia preliminar a la vista oral en la sede del alto tribunal, se ha reunido durante varios minutos para deliberar sobre esta petición de apartar a los jueces, reclamada por las defensas del exministro de Transportes y su asesor entre 2018 y 2021.
Estas partes sostuvieron que cuatro de los cinco magistrados ya intervinieron en la admisión de la causa en el Supremo, dado que entonces Ábalos era diputado y por lo tanto aforado, mientras que el quinto integrante en liza, Julián Sánchez Melgar, señalaron que fue fiscal general del Estado durante el último Gobierno del PP. El mismo partido que ahora ejerce la acusación popular en este procedimiento. Pese a estas alegaciones, el tribunal juzgador ha determinado que la reclamación está fuera de plazo, ya que se debería haber hecho en los diez primeros días hábiles tras conocerse la composición del órgano, a mediados de enero pasado.
La decisión de la Sala llegó después de asistir a la primera imagen de Ábalos y Koldo 77 días después de que ingresaran en la prisión de Soto del Real (Madrid). El rostro de los dos famosos imputados volvió a ser público, rodeados de policías nacionales. Junto a ellos pero con cierta separación se ha sentado el corruptor confeso de la causa, Víctor de Aldama, que está en libertad provisional actualmente por su pacto de confesión con la Fiscalía Anticorrupción.
La audiencia de este jueves es una vista previa cuya celebración viene recogida en una reciente reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), cuyo artículo 785 establece que se «requiere la asistencia del acusado y del abogado defensor». En esta literalidad, por lo tanto, se ha escudado el tribunal juzgador para rechazar la semana pasada el intento de Ábalos y de Koldo de no personarse por motivos de salud y hacerlo por videoconferencia desde la cárcel.
José Luis Ábalos y Koldo custodiados por agentes del Cuerpo Nacional de Policía este jueves en el Supremo
E.P.
Entonces, alegaron que solo está prevista la intervención de sus letrados, que han defendido en sus escritos de calificación que sus clientes son inocentes, y además han reclamado este jueves de nuevo su puesta en libertad provisional mientras esperan el comienzo del juicio. Será en una fecha aún por determinar, aunque todo indica que será a partir del mes de abril.
Polígrafo y careo
En esta vista de cuestiones previas las partes «podrán exponer lo que estimen oportuno» según el citado artículo de la LECrim, que señala aspectos relacionados con «la posibilidad de conformidad del acusado o acusados, la competencia del órgano judicial, la vulneración de algún derecho fundamental, la existencia de artículos de previo pronunciamiento, causas de la suspensión de juicio oral, nulidad de actuaciones, así como sobre el contenido, finalidad o nulidad de las pruebas propuestas». Podrán igualmente proponer la incorporación de informes, certificaciones y otros documentos o la práctica de pruebas de las que las partes no hubieran tenido conocimiento en el momento de formular sus escritos de acusación o de defensa.
Una vez celebrada la audiencia, el tribunal presidido por Martínez Arrieta, a la sazón máximo responsable de la Sala Segunda (Penal) del Supremo, examinará las pruebas propuestas y resolverá admitiendo las que considere pertinentes y rechazando las demás. Lo hará de forma oral, salvo que, por la complejidad de las cuestiones planteadas, hubiera de hacerlo por escrito a través de un auto (resolución motivada).
El regreso de Ábalos y Koldo al Supremo y su reaparición pública llega después de conocer que la Fiscalía pide 24 años de prisión para el exdirigente socialista, 19 años y medio para su asesor ministerial y siete años para Aldama. Una petición bastante inferior al aplicarle la atenuante de «confesión», aunque no alcanza el muy calificado de colaboración como su abogado había pedido. Por su parte, las acusaciones populares, unificadas en la defensa del Partido Popular, reclaman hasta 30 años de cárcel para los dos primeros además de las pertinentes penas de multa.

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Enlace de origen : El Supremo rechaza recusar a cinco magistrados que juzgan a Ábalos, Koldo y Aldama

