Facturas y contratos: qué documentos debes guardar y durante cuánto tiempo para no tener problemas

Facturas y contratos: qué documentos debes guardar y durante cuánto tiempo para no tener problemas

Ana de Dios

Martes, 23 de abril 2024, 20:56

Las facturas, contratos o escrituras son documentos que básicos que con el paso del tiempo pueden ir acumulándose en los cajones o archivadores. Si bien, actualmente, es mucho más común optar por el formato digital, están los que todavía prefieren tenerlos de manera física en su casa. Sin embargo, al ver tanta cantidad de papeles es posible tener en impulso de tirarlos a la basura pensando que ya no van a ser útiles.

Un ejemplo de que ser previsores con ello puede evitar un disgusto es el tiempo que se debe guardar la Declaración de la Renta. Es recomendable hacerlo durante, al menos cuatro años, el periodo que tarda en prescribir desde que finaliza el plazo de presentación voluntario. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha explicado cuánto tiempo tienes que conservarlos dependiendo de si son facturas, contratos, escrituras, etc.

Tiques y facturas

Este documento prueba cuando adquirimos un objeto o producto y también es la garantía. Por ello, debes conservarlo durante unos 3 años, como mínimo, ya que en caso de sufrir algún problema, si no se presenta, no se podría ejercer el derecho de reclamar.

Mientras seas propietario.

Conviene conservar, mientras seas propietario, las facturas de muebles, grandes electrodomésticos y dispositivos electrónicos, joyas y objetos de valor, bienes de colección o justificantes de obras y mejoras realizadas en el hogar… Así podrás demostrar el perjuicio sufrido ante el seguro en caso de robo o siniestro.

Pólizas de seguros y documentación adicional

Se podría pensar que una vez finalizado el contrato ya no es necesario mantenerlos en casa, pero lo cierto es que es conveniente hacerlo hasta dos años después de que expire, sobre todo en caso de haber realizado una reclamación. También debes conservar los documentos o notificaciones de cancelación, que prueban que comunicaste a la compañía en forma y plazo tu deseo de resolver el contrato, por si se les ocurriera pasarle más facturas.

Cuando se trate de seguros de personas, como lo son los que cubren el fallecimiento, la incapacidad, ahorro, salud, accidentes, decesos, lo mejor es hacerlo hasta 5 años desde el fin del contrato

Contratos de alquiler

Las rentas no pagadas prescriben a los cinco años; hasta entonces debes conservar la prueba de que lo abonaste. La OCU recomienda también guarda el inventario en el que consta el estado de la casa al entrar y al salir, el documento de recuperación de la fianza, etc.

Escrituras de titularidad

Estos documentos nos acreditan como titulares de bienes. Deberías conservarlos siempre contigo mientras mantengas la titularidad del bien. De hecho, este tipo de papeles son necesarios si vas a transmitir el bien.

Lo mismo ocurre con los justificantes de compra y de pago de una vivienda, sus planos y sus memorias de calidades, al igual que las facturas de las reparaciones o de las operaciones de mantenimiento de un coche.

Documentos de pago

Conviene guardar cualquier justificante de pago que sirva como prueba de que hemos cumplido con nuestras obligaciones de pago, el decir, los resguardos de pago de una deuda, de la hipoteca, de una multa, de un impuesto, al menos durante el tiempo de prescripción que marca la ley.

Documentos académicos y profesionales

Conserva los títulos o certificados que demuestren los estudios completados y cualquier otra documentación académica.

Contrato de trabajo

Los documentos profesionales conviene guardarlos como mínimo hasta ver reconocido el derecho a pensión.

Certificado de vida laboral

También estos certificados conviene guardarlos como mínimo hasta la jubilación o hasta que se reconozca el derecho a pensión.

Documentos sanitarios

También deben conservarse los documentos sanitarios. Aunque un análisis de sangre o una radiografía tienen una validez médica limitada, la OCU señala que conviene conservar los resultados de pruebas diagnósticas y cualquier cosa que pueda resultar de utilidad a los profesionales de la salud en el futuro. También la información relativa a intervenciones y altas, análisis.

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