
El juez de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha rechazado la aplicación del régimen de semilibertad del artículo 100.2 del … Reglamento Penitenciario a los que fueron miembros de ETA Soledad Iparraguirre ‘Anboto’, exjefe de la banda, y Juan Ramón Carasatorre, lo que supone su vuelta a prisión. En cambio, en otra resolución el mismo magistrado ha aprobado un permiso de seis días propuesto el pasado 12 de noviembre por la Junta de Tratamiento de la prisión de San Sebastián al que fuera líder de ETA Garikoitz Aspiazu Rubina, alias ‘Txeroki’. En su caso, considera que su excarcelación está próxima, ha asumido sus delitos, ha pedido perdón a las víctimas y ha repudiado la actividad delictiva y del uso de la violencia.
Por el contrario, en el supuesto de Anboto y Carasatorre, el magistrado Castro ha acordado que ambos permanezcan en segundo grado de tratamiento penitenciario y ha propuesto al legislador modificar el artículo 100.2, que supone la flexibilización del cumplimiento de las penas, ante las excarcelaciones anticipadas sin un pronunciamiento del órgano judicial. Explica que se trata de una disfunción que no beneficia a nadie: «A la interna se le crean falsas expectativas y a las víctimas desasosiego innecesario e incluso a la ciudadanía, que ante las noticias en los medios de comunicación le resultará extraño estas decisiones de excarcelación/encarcelación».
En el caso de ‘Anboto’, de 64 años, el juez recuerda la extrema gravedad de los delitos por los que fue condenada: diez asesinatos, tenencia de explosivos, atentados, estragos, incendios, tenencia de armas y delitos contra la Corona que se han acumulado en una pena de 30 años de prisión. Indica que las fechas de cumplimiento de los 3/ 4 partes de la condena están relativamente próximas, en marzo de 2027, pero añade que su licenciamiento definitivo no se cumplirá hasta septiembre de 2034.
El magistrado analiza, además, la naturaleza del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, una medida excepcional que ha utilizado el Gobierno vasco, a través del Departamento de Justicia y Derechos Humanos, para permitir que algunos reclusos etarras disfruten del régimen de semilibertad y que exige -recuerda- una justificación individualizada de su pertinencia, como medida de flexibilización del grado. Por ello, añade el juez, su aplicación debe estar suficientemente justificada y debe motivarse su necesidad en el proceso de reinserción.

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Enlace de origen : El juez rechaza la semilibertad de la exjefa de ETA Anboto y ordena su regreso a prisión