Este es el número máximo de monedas que puede aceptar un comercio

Este es el número máximo de monedas que puede aceptar un comercio

Si bien a día de hoy es más común utilizar las tarjetas de crédito o débito e incluso Bizum para realizar los pagos en tiendas, supermercados u otros comercios, también están aquellos que prefieren seguir utilizando efectivo. De hecho, es recomendable, aunque se empleen otros métodos de pago, contar con dinero físico para evitar cualquier problema, como por ejemplo el que el pasado mes de noviembre afectó a la plataforma de pago Redys y que causó incidencias en el uso de cajeros y datáfonos.

Ya sea que prefieras el pago con tarjeta o el efectivo, a todos nos ha pasado eso de tener un gran número monedas en el monedero y querer deshacernos de ellas. Sin embargo, probablemente desconocías que existe una cantidad máxima que es posible ingresar en el banco o que te acepten en una tienda.

Cuál es el máximo que pueden aceptar

Quizás era algo que nunca te habías planteado, pero tal y como explica el Banco de España en su blog ‘Portal Cliente Bancario’, los establecimientos no están obligados a aceptar más de 50 monedas en un pago, con la única excepción de que se trate de una ‘caja pública’, es decir, que dependa «de un ente u órgano del sector público».

Según explica el organismo, «este límite de monedas es la norma muchas veces aplicada en la operativa diaria de los bancos, ya que el recuento de grandes sumas podría retrasar la atención al resto de sus clientes». Además, señala que, en el caso de que en el banco acepten un número elevado, «debe facilitarte un resguardo en el que figure la cantidad entregada».

Por qué no aceptan los comercios más de 50 monedas

El Banco de España destaca que los profesionales de sectores como el comercio y la hostelería, al recibir tantas monedas de manera diaria, necesitan servicios especiales de caja. «Las entidades se comprometen a aceptar, recontar, empaquetar y transformar la entrega periódica de moneda para su ingreso en cuenta, así como la remisión y entrega de reintegros en efectivo en moneda».

Las entidades se comprometen a aceptar, recontar, empaquetar y transformar la entrega periódica de moneda para su ingreso en cuenta, así como la remisión y entrega de reintegros en efectivo en moneda. Suelen derivar estos servicios a empresas subcontratadas, lo que no significa que puedan desentenderse de las incidencias que surjan por su actuación y deben responder ante el cliente, de conformidad con lo acordado.

De hecho, pueden pactar el cobro de una comisión de recuento por la admisión y manipulación frecuente de un número elevado de monedas, aunque suele aplicarse a comerciantes dedicados a actividades que exigen un servicio de caja diario, lo cual consume recursos humanos y medios técnicos por parte de la entidad.

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